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Butlletí Oficial de les Illes Balears

Secció IV. Procediments judicials

JUTJATS D' EIVISSA

JUTJAT DE 1A. INSTÀNCIA NÚM. 1 D'EIVISSA

Núm. 6218
Judici verbal 1080/2015 sobre altres matèries

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Text

Dña. AMANDA PONS BOIX, Letrado de la Administración de Justicia de JDO. PRIMERA INSTANCIA N.1 de IBIZA/EIVISSA, en el procedimiento de referencia se ha dictado sentencia, cuyo fallo literal es el siguiente:

ESTIMO la demanda interpuesta por “JARDÍN MEDITERRÁNEO SANTA EULALIA, S.L.”, representada por el Procurador D.Juan Antonio Landáburu Riera, contra “DANIEL CEDRIC CONSTRUCCIONES”, condenando a “DANIEL CEDRIC CONSTRUCCIONES” a abonar a “JARDÍN MEDITERRÁNEO SANTA EULALIA, S.L.”, la cantidad de MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO EUROS CON OCHENTA Y OCHO CÉNTIMOS SE EUROS(1468,88), euros, así como la cantidad que representen los intereses legales y moratorios hasta su definitivo pago y costas.

Contra la presente sentencia no cabe recurso alguno.

Expídase testimonio de la presente resolución por la Sra.

Secretaria, el cuál se unirá a los autos en los que se dictó, llevando su original al libro de sentencias (conforme lo establecido en el artículo 265 de la Ley Orgánica del Poder Judicial).

Así por esta mi sentencia, Juzgando en primera instancia, que pronuncio, mando y firmo.

Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la L.E.C. por el presente se NOTIFICA la sentencia, a CEDRIC CONSTRUCCIONES S.L.

En EIVISSA a veintitrés de Mayo de dos mil dieciséis

LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA