Secció IV. Procediments judicials
JUTJATS DE PALMA DE MALLORCA
JUTJAT DE 1A. INSTÀNCIA NÚM. 19 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 18061
Judici verbal 408/2015 sobre altres matèries
D./Dª. MARÍA DEL MAR GARCÍA REVIRIEGO, Secretario/a Judicial, del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 19 de PALMA DE MALLORCA, por el presente,
ANUNCIO:
En el presente procedimiento ORDINARIO seguido a instancia de TRANSPORTES BLINDADOS, S.A. frente a JUAN JOSÉ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
SENTENCIA nº 197 / 2.015
En Palma de Mallorca, a 2 de Diciembre de 2.015.
Vistos por mí, Dª Mª Teresa Olivera Sánchez del Campo, Magistrada-Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia nº 19 de Palma, los autos de juicio verbal registrados con nº 408 / 2.015, siendo demandante la entidad Transportes Blindados SA, representado / a por el / la Procurador / a de los Tribunales D. Joana Socías, y asistido/a por el / la Letrado /a Dª Francisca Fernández Cordero y demandado /a D. Juan José Rodríguez Rodríguez, en situación procesal de rebeldía.
FALLO
QUE ESTIMANDO PARCIALMENTE LA DEMANDA interpuesta por el / la Procurador / a de los Tribunales, D. Joana Socías Reynés , en nombre y representación de Transportes Blindados SA , debo declarar y declaro la resolución del contrato de arrendamiento de servicios de seguridad de fecha 14 de Marzo de 2.014, contrato nº68033, condenando al demandado a pagar a la entidad demandante la suma de 178,04 Euros, más los intereses legales desde la interpelación judicial, sin que haya especial pronunciamiento en cuanto a las costas procesales.
Notifíquese a las partes y háganles saber que contra la presente Sentencia no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdo, mando y firmo, Dª Mª Teresa Olivera Sánchez del Campo, Magistrada- Juez Titular del Juzgado de 1ª Instancia nº 19 de Palma de Mallorca.
Y encontrándose dicho demandado, JUAN JOSÉ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
PALMA DE MALLORCA, a nueve de Diciembre de 2015
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL,