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BUTLLETÍ OFICIAL DE LES ILLES BALEARS

Secció IV. Procediments judicials

JUTJATS DE PALMA DE MALLORCA

JUTJAT DE LO SOCIAL NÚM. 3 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 15369
Procediment Ordinari 180/2013

  • Contingut, oficial i autèntic, de la disposició: Document pdf  Versió PDF

Text

D/Dª  PAULA MATEO ERROZ, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 003 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER: 

Que en el procedimiento PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000180/2013 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª MONICA SILVIA GONZALEZ ROJAS contra la empresa VIAJES PREMIUM BALEARES SL, FOGASA sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

S E N T E N C I A   nº  372/15

En Palma de Mallorca, a 22 de  septiembre de 2015.

Visto por mí, María Fernanda De Andrés Pardo, Magistrada-Juez titular del Juzgado de lo Social nº 3 de Palma de Mallorca, el presente juicio promovido por Dª Mónica Silvia  González Rojas, defendida  por el graduado social D. Francisco J. Parets Coll, frente a Viajes Premium Baleares S.L”, no comparecida, con citación del FOGASA, sobre reclamación de cantidad, y en atención a los siguientes

F A L L O

Que,estimando la demanda de Dª  Mónica Silvia  González Rojas  frente a “Viajes Premium  Baleares, SL”, condeno a la demandada a que abone a la  actora  la cantidad de 2.920,35 €, más los intereses que la misma devengue según  el fundamento cuarto de esta  sentencia. 

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma NO cabe interponer recurso.

Así, por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. 

Y para que sirva de notificación en legal forma a VIAJES PREMIUM BALEARES SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de BALEARES. 

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento. 

En PALMA DE MALLORCA, a cinco de Octubre de dos mil quince.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL