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BUTLLETÍ OFICIAL DE LES ILLES BALEARS

Secció IV. Procediments judicials

JUTJATS DE SEVILLA

JUTJAT DE LO SOCIAL NÚM. 6 DE SEVILLA

Núm. 15288
Social ordinari 51/2015

  • Contingut, oficial i autèntic, de la disposició: Document pdf  Versió PDF

Text

D/Dª MARIA DE LOS ANGELES PECHE RUBIO, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 6 DE SEVILLA.

HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 51/2015 a instancia de la parte actora D/Dª. MARIA LOURDES SANTANA SANTANA contra EMPRESA PIEL INTERNACIONAL SA y SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL sobre Social Ordinario se ha dictado Decreto de señalamiento de fecha 22/01/15 del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

DISPONGO:

Admitir la demanda presentada.

- Señalar el próximo 5 DE ABRIL DE 2016 A LAS 09.20 HORAS, para la celebración del acto de juicio en la sala de vistas de este Juzgado sito en Avenida de la Buhaira 26. Edificio NOGA. Planta 1ª. Sala nº 11, debiendo comparecer en la Secretaria de este Juzgado, situado en la planta 5ª, dicho día a las 09.05 HORAS para proceder a la acreditación de las partes de conformidad con el art. 89.7 de la LRJS.

- Citar a las partes en legal forma con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá el Secretario Judicial en el primer caso y el Juez en el segundo, tener al actor por desistido de la demanda, y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía.

- Poner en conocimiento del demandado en el momento de su citación que el actor ha solicitado prueba de su interrogatorio, y que en caso de admitirse esta por el Magistrado-Juez en el acto del juicio, se podrán tener por ciertos los hechos de la demanda en que hubiera intervenido personalmente y le resultaren en todo o en parte perjudiciales, y que en caso de que el interrogatorio no se refiera a hechos personales, se admitirá su respuesta por un tercero que conozca personalmente los hechos, si la parte así lo solicita y acepta la responsabilidad de la declaración. (art 91,2 y 91,4 LRJS).

- Requerir al Organismo demandado para que remita el expediente administrativo original o copia del mismo o de las actuaciones, y en su caso, informe de los antecedentes que posea en relación con el contenido de la demanda, en el plazo de diez días. (Art. 144 LRJS).

- Se tiene por hecha la manifestación de la parte actora de acudir al juicio asistido o representada por Letrado en ejercicio, lo que pone en conocimiento de la demandada a los efectos del art. 21.2 de la LRJS.

- Se advierte a las partes que deben asistir al juicio con las pruebas de que intenten valerse y asimismo deben comunicar a este órgano judicial cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso, (art. 155.5 LEC), así como la existencia de alguna causa legal que justificara la suspensión del acto de juicio a los que se les convoca (art. 83.1 y 2 LRJS y 188 LEC).

- Dar cuenta a S.Sª del señalamiento efectuado a los efectos del art 182 LEC.

Notifíquese la presente resolución a las partes

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

“En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal)”.

LA SECRETARIA JUDICIAL

Y para que sirva de notificación al demandado EMPRESA PIEL INTERNACIONAL SA actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En SEVILLA, a dos de octubre de dos mil quince.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA