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BUTLLETÍ OFICIAL DE LES ILLES BALEARS

Secció IV. Procediments judicials

JUTJATS DE PALMA DE MALLORCA

JUTJAT DE LO SOCIAL NÚM. 2 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 15183
Procediment Ordinari 260/2014

  • Contingut, oficial i autèntic, de la disposició: Document pdf  Versió PDF

Text

D/Dª  MARIA ADELAIDA GARCIA GARCIA, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 002 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER: 

Que en el  PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000260/2014 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª ESTEFANIA ALONSO ROGER contra la empresa INCA PAN FORN DE CAMPOS SL, y SANTIAGO VALLES SAGRERA, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta: 

Que ESTIMANDO la demanda formulada a instancias de Dª. ESTEFANÍA ALONSO ROGER, representada por la Letrada Dª. Francisca Bonnín Vicens, contra INCA PAN FORN DE CAMPOS, S.L., y contra D. SANTIAGO VALLÉS SAGRERA, debo condenar y condeno a INCA PAN FORN DE CAMPOS, S.L. a abonar a la actora la cantidad de 16.185,94 euros, así como al pago de 300 euros en concepto de honorarios de la representación de la parte demandante. Todo ello absolviendo a D. SANTIAGO VALLÉS SAGRERA de las pretensiones deducidas en su contra en el presente procedimiento. 

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Baleares, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. 

De no anunciarse recurso contra la presente, firme que sea, procédase al archivo de las actuaciones, previa baja en el libro correspondiente. 

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. 

Y para que sirva de notificación en legal forma a  INCA PAN FORN DE CAMPOS SL, SANTIAGO VALLES SAGRERA, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de les Illes Balears. 

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento. 

En PALMA DE MALLORCA, a siete de Octubre de dos mil quince.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL