Secció IV. Procediments judicials
JUTJATS DE PALMA DE MALLORCA
JUTJAT DE 1A. INSTÀNCIA NÚM. 5 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 14290
Procediment Ordinari 663/2009, sobre altres matèries
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CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
SENTENCIA 100/2013
PARTE DISPOSITIVA
Que DEBO ESTIMAR y ESTIMO íntegramente la demanda formulada por Dª. María Antonia Ventayol Autonell, Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de INDUSTRIAS GRAFICAS MALLORQUINAS S.A. contra GOLF MEDIA S.L., y CONDENAR Y CONDENO a la demandada a que abone a la actora la cantidad total de 5.456,16 euros, cantidades que devengarán los intereses legales desde la presentación de la presentación de la demanda de juicio ordinario, y los intereses procesales del art. 576 LEC hasta su completo pago, así como al pago de las costas procesales.
Contra la presente resolución cabe interponer Recurso de Apelación, en el plazo máximo e improrrogable de VEINTE días, a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente resolución, previa consignación del depósito de 50 euros previsto en la LO 1/09.
Así por ésta, mi Sentencia, la pronuncio, mando y firmo Dª. Martina Mora Torrens, Magistrado-Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Palma de Mallorca.
Publicación.- Leída y publicada que ha sido la anterior sentencia por la Ilustre Juez que la dictó, constituida en audiencia pública en el mismo día de su fecha. Doy
Y como consecuencia del ignorado paradero de GOLF MEDIA , SL , se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
En PALMA DE MALLORCA, a catorce de Septiembre de dos mil quince.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICAL