Torna

Butlletí Oficial de les Illes Balears

Secció IV. Procediments judicials

JUTJATS DE PALMA DE MALLORCA

JUTJAT DE LO SOCIAL NÚM. 4 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 14195
Execució de títols judicials 103/2015

  • Contingut, oficial i autèntic, de la disposició: Document pdf  Versió PDF

Text

D/Dª  FRANCISCA MARIA REUS BARCELO, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 004 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000103 /2015 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª SOLEDAD GILES SILVA contra la empresa  POSADA DE LA ESCUELA SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuyo encabezamiento y parte dispositiva se adjunta:

AUTO

En la ciudad de Palma de Mallorca, a tres de junio de dos mil quince.

HECHOS

PRIMERO.- Mediante Sentencia dictada por este Juzgado en fecha 17 de marzo de 2.015 se declaró la improcedencia del despido de Dña. Soledad Giles Silva condenando a la empresa  Posada de la Escuela S.L.  a optar en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia bien por a la readmisión del trabajador con el abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido, bien por la extinción de la relación laboral mediante el pago de la indemnización  señalada en la sentencia. La demandada no efectuó opción alguna.

SEGUNDO.- Instada por la parte demandante la ejecución forzosa de la Sentencia, una vez que fue declarada la firmeza de la misma, mediante Auto de fecha  26 de mayo de 2.015, acordándose tambien recabar informe de vida laboral del trabajador y verificar la situación de la empresa en la TGSS, constando la empresa de baja desde el 8 de mayo de 2.014, quedando los autos en mesa de S.Sª  al efecto de dictar la resolución oportuna.

 PARTE DISPOSITIVA

Que debo declarar y declaro  extinguida con fecha de hoy la relación laboral que une a Dña. Soledad Giles Silva con  la empresa  Posada de la Escuela S.L.  con obligación de pago por parte de la empresa a la trabajadora de la cantidad de 2.718,26 € en concepto de indemnización y de 18.196,65 € en concepto de salarios de tramitación.

Notifíquese la presente resolución a las partes personadas haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de reposición en el plazo de 3 días a contar desde el siguiente a su notificación. Así mismo, y de acuerdo con lo establecido en la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica del Poder Judicial introducida por la Ley Orgánica  1.2009 de 3 de noviembre se advierte a las partes que en el momento de interposición de dicho recurso habrá acreditarse la previa constitución  de depósito por la cantidad de 25 € en la cuenta de depósitos y consignaciones abierta a nombre de este Juzgado de lo Social Número Cuatro de Palma de Mallorca en la entidad Banco SANTANDER.

Se encuentran exentos de la obligación de constituir depósito para recurrir los trabajadores y beneficiarios de la Seguridad Social, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de todos ellos.

Se advierte a las partes que no se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido.

Así por este Auto, lo acuerda, manda y firma, D. Ricardo Martín Martín, Magistrado Juez del Juzgado de lo Social num. Cuatro de Palma de Mallorca; doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a  POSADA DE LA ESCUELA S.L, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a siete de Septiembre de dos mil quince.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL