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BUTLLETÍ OFICIAL DE LES ILLES BALEARS

Secció IV. Procediments judicials

JUTJATS DE PALMA DE MALLORCA

JUTJAT D'INSTRUCCIÓ NÚM. 8 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 5242
Judici de faltes 1042/2014

  • Contingut, oficial i autèntic, de la disposició: Document pdf  Versió PDF

Text

En virtud de lo acordado en el presente procedimiento, remito a V.E. la presente CERTIFICACION DE SENTENCIA para su inserción en el BOLETÍN OFICIOAL DE LA C.A.I.B.

SENTENCIA   1042/2015 

En PALMA DE MALLORCA a doce de Marzo de dos mil quince.

D.  ANTONI ROTGER CIFRE, MAGISTRADO-JUEZ de Instrucción, habiendo visto y oído en Juicio Oral y Público la presente causa JUICIO DE FALTAS 1042/2014, seguida por una  falta de HURTO  y una Falta de DESOBEDIENCIA A AGENTES DE LA AUTORIDAD contra HENRY MAYOBANEX PEREZ ESTEVEZ habiendo sido parte en la misma el Ministerio Fiscal, representado por D. Javier Martínez Ferre.  

FALLO

DEBO CONDENAR Y CONDENO a HENRY MAYOBANEX PEREZ ESTEVEZ, como autor responsable de una falta HURTO a la pena de CUARENTA Y CINCO DIAS MULTA A RAZON DE SEIS EUROS DIARIOS y a que indemnice en concepto de responsabilidad civil a la entidad MERCADONA en la cantidad de 13,44 euros y, como autor responsable de una Falta de DESOBEDIENCIA A AGENTES DE LA AUTORIDAD, a la pena de CINCUENTA DIAS MULTA A RAZON DE SEIS EUROS DIARIOS; y al pago de las costas.

En caso de impago de la multa el mismo queda sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.

La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado para ante la Iltma. Audiencia Provincial de ILLES BALEARS en el plazo de CINCO DIAS desde su notificación.

Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a HENRY MAYOBANEX PEREZ ESTEVEZ, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de LAS ISLAS BALEARES, expido la presente en PALMA DE MALLORCA a  17 de marzo de 2015.

EL/LA SECRETARIO