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ADMINISTRACIÓ DE LA COMUNITAT AUTÒNOMA
CONSELLERIA DE TURISME I ESPORTS
Núm. 12818
Notificación de Resolución relativa a la modificación de datos de establecimientos de restauración en el Registro Insular de Empresas, Actividades y Establecimientos Turísticos de Mallorca y General de las Illes Balears, tramitados por la Dirección General de Turismo
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Dado que no ha sido posible la notificación de las resoluciones y de acuerdo con lo que dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante este anuncio se notifica a las personas físicas o jurídicas interesadas, que se ha dictado resolución de inscripción de modificación de datos en relación con los establecimientos de restauración que se indican a continuación:
Nº. exp.: 42/2014/B
Nombre comercial: PUNTA CANA
Nº. de registro: B/6458/BAL
Dirección establecimiento: Av. Joan Miró, 16, Palma
Clasificación: BAR - CAFETERIA
Plazas: 30
Explotador: JUAN MANUEL ABREU RODRIGUEZ
CIF/NIF: X6535526F
Fecha de inscripción: 1 de abril de 2014
Nº. exp.: 64/2014/B
Nombre comercial: THE ROYAL PENGUINZ
Nº. de registro: B/7660/BAL
Dirección establecimiento: C. Sant Gaietà, 4 C, Palma
Clasificación: BAR - CAFETERIA
Plazas: 25
Explotador: AUGUSTO CORNELO
CIF/NIF: X2760121Y
Fecha de inscripción: 8 de mayo de 2014
Esta inscripción se realiza sin perjuicio de la obtención de todas las autorizaciones y licencias necesarias, y se comunicará al ayuntamiento correspondiente al domicilio del establecimiento, de acuerdo con el artículo 20.4 del Decreto 13/2011, de 25 de febrero.
Los establecimientos de restauración deben disponer de las hojas de reclamaciones oficiales y de un cartel anunciador, en 5 idiomas, avisando sobre su existencia, que pueden descargarse desde la página web de la Consejería de Turismo y Deportes. También deben disponer de cartas o listas con los precios, IVA incluido, de todos los servicios que ofrecen. Estas listas deben situarse en el interior del local y en todos sus accesos de manera que sean visibles desde el exterior.
Interposición de recursos
Contra esta resolución –que agota la vía administrativa- se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Director General de Turismo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con el artículo 117 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears. También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde la recepción de esta notificación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.
Palma, 8 de juliol de 2014
La Jefa del Departamento de Ordenación y Planificación Turística
Margarita Sendín Rebassa
Conforme con la propuesta. Dicto resolución
La directora general de Turismo
Órgano competente por resolución del consejero de Turismo y Deportes de 24 de enero de 2014,
de delegación de competencias y de firma en los órganos directivos de la Consejería de Turismo y Deportess y de
suplencia de los órganos directivos de la Consejería (BOIB número 15 de 30 de enero).
Montserrat Jaén Mercadal