Secció IV. Procediments judicials
JUTJATS D' INCA
JUTJAT DE 1A. INSTÀNCIA NÚM. 4 D'INCA
Núm. 8005
Divorci contenciós 397/2012 sobre altres divorcis
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CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
SENTENCIA
En Inca, a 3 de febrero de 2014.
Vistos por mí, Elsa García Pañella, Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Inca, los presentes autos de divorcio contencioso seguidos en este Juzgado con nº 397/12 a instancia de Dª. HASNA RAGRAGUI OUASMIN, representada por el Procurador de los Tribunales D. Antonio Buades Garau y defendida por el Letrado D. Juan Mariano Periago Mercado contra D. ABDELAZIZ LABHIH, en situación de rebeldía procesal, procede dictar la presente resolución.
FALLO
Que estimando íntegramente la demanda presentada por el Procurador de los Tribunales D. Antonio Buades Garau, en nombre y representación de Dª. HASNA RAGRAGUI OUASMIN, DECLARO disuelto por divorcio el matrimonio celebrado el día 5 de enero de 2009 en Taza (Marruecos) entre Dª. HASNA RAGRAGUI OUASMIN y D. ABDELAZIZ LABHIH, con los efectos legales inherentes.
Sin especial pronunciamiento sobre costas.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de apelación, que se interpondrá ante el Tribunal que haya dictado la resolución que se impugne dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente de la notificación de aquélla.
EL/LA JUEZ/MAGISTRADO EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL
Y como consecuencia del ignorado paradero de ABDELAZIZ LABHIH, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
En INCA, a treinta y uno de Marzo de dos mil catorce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL