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Butlletí Oficial de les Illes Balears

Secció IV. Procediments judicials

JUTJATS DE MANACOR

JUTJAT D'INSTRUCCIÓ NÚM. 1 DE MANACOR

Núm. 7463
Judici de faltes 871/2013

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S E N T E N C I A

En Manacor, a veintiocho de enero de dos mil catorce

Vistos por mí, Alberto García Macé, Juez del Juzgado de Instrucción nº 1 de esta ciudad y de su Partido Judicial, los autos de juicio de faltas nº 871/13, seguidos por FALTA DE ESTAFA del artículo 623.4 de Código Penal, en los que ha comparecido, en calidad de denunciante, D. David DIAZ GONZALEZ, no compareciendo el denunciado, D. Pedro Domingo MANZANEDA OLMOS.

Ha intervenido el Ministerio Fiscal en el ejercicio de la acción pública.

FALLO

Debo CONDENAR Y CONDENO a D. Pedro Domingo MANZANEDA OLMOS, como  autor responsable de una FALTA DE ESTAFA del artículo 623.4 del Código Penal, a la pena de TREINTA DÍAS DE MULTA CON UNA CUOTA DIARIA DE TRES EUROS con la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias  no satisfechas y QUE INDEMNICE a D. David DIAZ GONZALEZ, en la cantidad de 150 €, siendo el importe que adelanto éste para la compra del móvil SAMSUNG S4, CON EXPRESA CONDENA EN COSTAS.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe RECURSO DE APELACIÓN, que deberá interponerse ante este Juzgado en el PLAZO DE CINCO DÍAS siguientes al de la notificación de esta sentencia y del que conocerá la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca.

Llévese esta sentencia al Libro de su clase, dejando testimonio suficiente en los autos.

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en esta instancia, la pronuncio, mando y firmo.

Y para sirva de notificación de la sentencia en legal forma al denunciado en ignorado paradero, Pedro Domingo MANZANEDA OLMOS, para la inserción en el BOIB.

En MANACOR a 23 de Abril de 2014.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL