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Butlletí Oficial de les Illes Balears

Secció V. Anuncis

Subsecció segona. Altres anuncis oficials

ADMINISTRACIÓ GENERAL DE L'ESTAT

DEMARCACIÓ DE COSTES A LES ILLES BALEARS

Núm. 3503
Anunci de notificació de l’Ordre Ministerial de 22/11/2013 actualitzant el cànon de la concessió administrativa atorgada per Ordre Ministerial de 05/02/1952, per a construcció de caseta varador a un tram de costa denominat Sant Elm, del terme unicipal de Andratx (Mallorca-Illes Balears), es fa pública la notificació d’aquesta Ordre Ministerial

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Text

De conformitat amb el disposat en l’article 59.5 de la Llei 30/1992, de 26 de novembre, de Règim Jurídic de les Administracions Públiques i del Procediment Administratiu Comú, havent resultat infructuoses les gestiones que s’han realitzat per a efectuar a Dª. ANA ROCA ROSADO la notificació de l’Ordre Ministerial de 22 de novembre de 2013 per la que s’actualitza el canon  de la concessió administrativa atorgada al seu favor per Ordre Ministerial de 05.02.1952, per la construcció de caseta varador a un tram de costa de Sant Elm, del  terme municipal de  Andratx (Mallorca-Illes Balears), es fa pública la notificació d’aquesta Ordre Ministerial am la següent part dispositiva:

“RESOLUCIÓ

Visto el expediente instruido por la Demarcación de Costas de este Departamento en Illes Balears sobre revisión del canon de la concesión otorgada por Orden Ministerial de 5 de febrero de 1952 a Dª. Ana Roca Rosado, para la construcción de una caseta varadero en la zona marítimo-terrestre de la costa de San Telmo, término municipal de Andratx, con una ocupación de cuarenta y tres (43) metros cuadrados de dominio público marítimo-terrestre.

ANTECEDENTES

I) Por Resolución de 5 de febrero de 1952 se otorgó a Dª. Ana Roca Rosado concesión para la construcción de una caseta varadero en la zona marítimo-terrestre de la costa de San Telmo, término municipal de Andratx.

II) De conformidad con la Resolución de otorgamiento y la OM de 30 de octubre de 1992, por la que se determina la cuantía del canon de ocupación y aprovechamiento del dominio público marítimo-terrestre, la Demarcación de Costas del Departamento en Illes Balears elaboró una propuesta de actualización del canon de la concesión de referencia, que le fue notificada al concesionario con fecha 7 de septiembre de 2010.

En esta propuesta, y de acuerdo con el valor de los terrenos según datos de la Gerencia del Catastro de Illes Balears, el nuevo canon ascendía a cuarenta y dos con ochenta y siete (42,87) euros por metro cuadrado y año. Actualizado el canon a la fecha actual el importe a abonar sería el siguiente:

- Superficie de ocupación: 43 m2

- Canon unitario en agosto de 2010: 42,87 €/m2 y año

- Variación del IPC entre agosto 2010 y mayo 2013: 7,4 %

- Canon unitario actualizado: 46,04 €/m2

- Canon total actualizado: 1.979,72 €/año

CONSIDERACIONES

Procede la revisión del canon, siendo los criterios establecidos para dicha revisión, conformes con lo estipulado en el 84 de la Ley 22/1988, de Costas.

ESTA DIRECCIÓN GENERAL, POR DELEGACIÓN DEL MINISTRO, HA RESUELTO:

Actualizar el canon de ocupación del dominio público marítimo-terrestre de la concesión otorgada a Dª. Ana Roca Rosado regulada por Orden Ministerial de fecha 5 de febrero de 1952, cuyo importe, a partir de la recepción de esta notificación, será el de cuarenta y seis euros con cuatro céntimos (46,04 €) por año, por la superficie ocupada por la concesión destinada a caseta varadero en la zona marítimo-terrestre de la costa de San Telmo, término municipal de Andratx (Illes Balears).

El titular de la concesión abonará en el Tesoro Público, por semestres adelantados, el importe correspondiente al nuevo canon, debiendo presentar los correspondientes justificantes de pago en la Demarcación de Costas del Departamento en Illes Balears.

Este canon quedará actualizado anualmente, de forma automática, incrementando o minorando la base imponible utilizada para el cálculo inicial mediante la aplicación a la misma de la variación experimentada por el Índice General Nacional del sistema de Índices de Precios de Consumo en los últimos doce meses, según los datos publicados anteriores al primer día de cada nuevo año según lo establecido en el artículo 84 de la Ley 22/1988 de Costas.

El pago de esta tasa se acomodará a lo previsto en la Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del Régimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las Prestaciones Patrimoniales de Carácter Público (BOE 14 de julio de 1998), y disposiciones que la desarrollen.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados en el expediente que no son Administraciones Públicas, podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un (1) mes ante el Ministro de Agricultura, Alimentación, y Medio Ambiente o, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional. En el caso de que el recurso se limite a la fijación del canon o al valor de la base de dicho canon, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Ministro, en el plazo de un (1) mes, o interponerse directamente reclamación económico-administrativa, ante el Tribunal Económico-Administrativo Central, en el plazo de un (1) mes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de que el recurso se limite exclusivamente a la fijación del canon o al valor de la base de dicho canon, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Ministro, en el plazo de un (1) mes, o interponerse directamente reclamación económico-administrativa, ante el Tribunal Económico-Administrativo Central, en el plazo de un (1) mes.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente resolución.

Lo que se comunica para que por ese Servicio de Costas se notifique la presente resolución a los interesados en el expediente, debiendo remitirse a este Centro Directivo los acuses de recibo o los duplicados firmados que permitan tener constancia del recibo de las citadas notificaciones.

EL MINISTRO, P.D. (O.M. AAA/838/2012, de 20 de abril, BOE de 24 de abril de 2012) EL DIRECTOR GENERAL, Madrid, a 22 de noviembre de 2013, Fdo. Pablo Saavedra Inaraja.”

 

Palma, 26 de febrer de 2014

 

EL CAP DE LA DEMARCACIÓ DE

COSTES A ILLES BALEARS,

 Gabriel J. Pastor Mesana