Secció IV. Procediments judicials
JUTJATS DE PALMA DE MALLORCA
JUTJAT DE LO SOCIAL NÚM. 3 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 335
Procediment ordinari 1082/2011
Versió PDF
D/Dª PAULA MATEO ERROZ, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 003 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1082/2011 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dª MARIA GIREYEVA contra la empresa MOHAMED CANZAN AJOEB sobre ORDINARIO, se ha dictado la sentencia cuya parte dispositiva del fallo es la siguiente:
‘ F A L L O
Que, estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por DOÑA MARÍA GIREYEVA, frente a MOHAMED CANZAN AJOEB sobre reclamación de CANTIDAD, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone a la parte actora la cantidad de 2.129,71 €, por los conceptos de la demanda, mas el 30% anual de dicha cantidad, en concepto de mora.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Diligencia de Publicación.- La extiendo yo la Sra. Secretaria para dar fe de que la anterior resolución se publicó en el día de su fecha, estando el Ilmo. Sr. Magistrado que la dictó celebrando Audiencia Pública. Reitero fe.’
Y para que sirva de notificación a MOHAMED CANZAN AJOEB en ignorado paradero.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En PALMA DE MALLORCA, a siete de Enero de dos mil catorce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL