Secció IV. Procediments judicials
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA DE LES ILLES BALEARS
Núm. 15975
Recurs de suplicació 193/2013
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Cédula de notificación de sentencia
En las actuaciones RSU Nº 193/13, de referencia en el encabezamiento, seguidas ante la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, dimanante de los autos de instancia Nº 163/11 del Juzgado de lo Social Nº 3 de Palma de Mallorca, promovidos por D. Thorsten Antón Leo Rindsfuesser, contra Gourmet Consulting Comercio, S.L., Michael Neretljak y Runging Express Spain, S.L., sobre Incidentes de Ejecución, con fecha 27 de Enero de dos mil catorce se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
“Que DEBEMOS ESTIMAR Y ESTIMANOS el Recurso de Suplicación interpuesto por el Letrado Sr. D. Luis Ponte Balseiro obrando en nombre y representación de D. Michael Neretljak y de la entidad Rungis Express Spain SLU contra el auto de fecha 30-11-2012 dictado por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de lo Social número Tres de Palma de Mallorca, resolución que desestimaba la reposición interpuesta contra el auto dictado el 18- de octubre de 2012 de extensión de responsabilidad en la ejecución 488/11 dimanante de los autos 163/11. Se acuerda la nulidad de lo actuado, debiéndose retrotraer las actuaciones al momento procesal en que debió efectuarse la comparecencia, procediendo el Juzgado efectuar nuevo señalamiento practicando formal citación de todos los intervinientes”.
Contra esta sentencia cabe RECURSO DE CASACION PARA LA UNIFICACION DE DOCTRINA ante la Sala IV de lo Social del Tribunal Supremo, que necesariamente deberá prepararse por escrito firmado por abogado dirigido a esta Sala de lo Social y presentado dentro de los DIEZ DIAS hábiles siguientes al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 218 y 220 y cuya forma y contenido deberá adecuarse a los requisitos determinados en el artº. 221 y con las prevenciones determinadas en los artículos 229 y 230 de la Ley 36/11 Reguladora de la Jurisdicción Social.
Y para que sirva de notificación y advertencia en forma a GOURMET CONSULTING COMERCIO, S.L., hoy en ignorado paradero, se expide el presente edicto en PALMA DE MALLORCA, a 3 de Septiembre de dos mil catorce.
EL SECRETARIO JUDICIAL