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Butlletí Oficial de les Illes Balears

Secció IV. Procediments judicials

JUTJATS D' EIVISSA

JUTJAT DE 1A. INSTÀNCIA NÚM. 3 D'EIVISSA

Núm. 18223
Modi.medidas con relacion hijos ext.sup.co 407/2009

  • Contingut, oficial i autèntic, de la disposició: Document pdf  Versió PDF

Text

En el juicio referenciado se han ·dictado la sentencia cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente;

S E N T E N C I A.

En la Ciudad de Ibiza a cuatro de mayo del año dos mil once.

Vistos por mí SERGIO GONZALEZ MALABIA, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia numero Tres de Ibiza, los presentes autos de proceso sobre .menores/recuperación de alimentos en el extranjero 407/2.009, seguidos a instancias de  SHARON KEARNS, representada por el Abogado del Estado, contra SIMON JACKSON KEARNS, declarado en situación de rebeldía  procesal, con intervención del Ministerio Fiscal, vengo a resolver sobre la base de los siguientes;

FALLO :

Se ESTIMA la demanda interpuesta por el Abogado del Estado en nombre de SHARON KEARNS contra SIMON JACKSON KEARNS y, en consecuencia, se “DECLARA. una pension de alimentos a  favor de los dos hijos menores a cargo del padre de 500’86 euros mensuales   y se CONDENA al demandado al pago de dicha cantidad a la parte actora, así como al pago de la cantidad de i 35.060’2O euros, mas los intereses legales, con expresa condena en las costas procesales a la parte demandada.

Notifíguese la presente sentencia a las partes, contra la que cabe formular recurso de apelación, a interponer con arreglo a lo dispuesto en los Artículos 455 y ss. de la Ley de Enjuiciamiento Civil,  y que deberá de ser preparado ante esteTribunal en el plazo de cinco días contados a partir del siguiente a la notificación de la presente previa consignación del depósito preceptivo para recurrir de 50 euros en la cuenta de consignaciones de este Juzgado.

Asi por esta mi Sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con el artículo 497.2 de la L.E.C., por el presente se notifica a don SIMØN JACKSON KEARNS a los fines y bajos los apercibimientos indicados en dicha resolucion.

En IBIZA/EIVISSA, a dieciseis de Junio de 2011.

LA SECRETARIA JUDICIAL