Secció IV. Procediments judicials
JUTJATS DE PALMA DE MALLORCA
JUTJAT DE LO SOCIAL NÚM. 2 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 19058
Demanda 819/2012
Dª. PAULA MATEO ERROZ, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número 002 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento DEMANDA 819/12 se ha dictado sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente : FALLO
Que estimando como estimo la demanda formulada por D. RACHID CHAGHOUFI ARAZZOUK y por D. MOHAMED EL FAKIRI contra JOJAINA S.L. debo condenar y condeno a éste a que abone a aquéllos la cantidad de 2.470 euros para el primero y 6.697’25 para el segundo.
Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella podrán interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta Sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del Régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros. Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo. Dem. 819/12 Y para que sirva de notificación a la demandada JOJAINA S.L. expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia. En Palma a catorce de octubre de dos mil trece. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
EL SECRETARIO