Secció IV. Procediments judicials
JUTJATS DE PALMA DE MALLORCA
JUTJAT DE 1A. INSTÀNCIA NÚM. 24 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 17840
Judici Verbal 0000781/2011-5 Sobre altres matèries
D./Dª. SILVIA MARTINEZ POMAR, Secretario/a Judicial, del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 24 de PALMA DE MALLORCA, por el presente,
ANUNCIO:
En el presente procedimiento juicio Verbal seguido a instancia de CP GILABERT DE CENTELLAS 2 Y 4 frente a MARCOS PRUDENCIO MORA VERDUZCO, JOSE ANTONIO MORA VERDUZCO, ISABEL MARIA MORA VERDUZCO Y GASPAR MORA VERDUZCO se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
“SENTENCIA NÚM. 126/2012
En Palma de Mallorca, a 5 de Noviembre de 2012.
Vistos por mí, Dª. JUANA A. ARBONA GINARD, Magistrado-Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº24 de los de esta ciudad y su partido, los autos del juicio verbal nº781/2011 seguidos ante este Juzgado, promovidos a instancia de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS C/ GILABERT DE CENTELLAS 2 y 4, representada por el Procurador D. JUAN CERDÓ FRÍAS, y asistida del Letrado/a D. ANTONIO MOREY SOLIVELLAS, contra D. MARCOS PRUDENCIO MORA VERDUZCO, D. JOSÉ ANTONIO MORA VERDUZCO, Dª. ISABEL MARÍA MORA VERDUZCO, y D. GASPAR MORA VERDUZCO, todos ellos declarados en rebeldía procesal; versando los autos sobre reclamación de cantidad, atendiendo a los siguientes,
FALLO
QUE ESTIMANDO TOTALMENTE la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Cerdó, en nombre y representación de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS C/ GILABERT DE CENTELLAS 2 y 4, contra D. MARCOS PRUDENCIO MORA VERDUZCO, D. JOSÉ ANTONIO MORA VERDUZCO, Dª. ISABEL MARÍA MORA VERDUZCO, y D. GASPAR MORA VERDUZCO, declarados en rebeldía; CONDENO a los demandados a abonar a la actora la cantidad de 1.656,21 Euros, en concepto de gastos de comunidad pendientes de pago, más los intereses legales desde la interposición de la demanda y hasta la presente resolución. Por otra parte se establece la obligación de la parte demandada de abonar el interés previsto en el art. 576 de la LEC, desde la fecha de la sentencia hasta el completo pago de la deuda.
Se condena expresamente en costas a la parte demandada. “
Y encontrándose dicho demandado, MARCOS PRUDENCIO MORA VERDUZCO, JOSE ANTONIO MORA VERDUZCO, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
PALMA DE MALLORCA a veinte de Septiembre de dos mil trece.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL,