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Butlletí Oficial de les Illes Balears

Secció IV. Procediments judicials

JUTJATS DE MANACOR

JUTJAT DE 1A. INSTÀNCIA NÚM. 1 DE MANACOR

Núm. 10535
Divorci contenciós 0000870/2010 Sobre altres matèries

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CEDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la SENTENCIA del tenor literal siguiente:

“FALLO

Que estimando la demanda presentada por Pedro Luís Epifanio Rábanos Sánchez fren te a Dña. Nelly Jacqueline Ortega De Sánchez, debo declarar y declaro haber lugar a la disolución del matrimonio celebrado en la localidad de San Cristóbal (Estado de Tchira) Venezuela, el día 7 de mayo de 2007, entre Pedro luís Epifanio Rábanos Sánchez Dña. Nelly Jacqueline Ortega de Sánchez, con todos los efectos inherentes a tal declaración

Sin expreso pronunciamiento en costas.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de Apelación a resolver por la Audiencia Provincial de Baleares y que se presentará ante este Juzgado de Primera Instancia, en el plazo de veinte días a contar desde el día siguiente a la notificación de esta resolución”.

Y como consecuencia del ignorado paradero de Nelly JACQUELINE ORTEGA DE SÁNCHEZ, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

MANACOR, a veintiuno de Mayo de dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.