Secció IV. Procediments judicials
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA DE GALICIA. SALA DE LO SOCIAL
Núm. 14309
Recurs suplicació 3806/2010
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D/Dª MARIA ASUNCION BARRIO CALLE, Secretario/a Judicial de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de A CORUÑA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento RECURSO DE SUPLICACION 3806/2010, seguido a instancia de CIA. CONTRATAS Y OBRAS EMPRESA CONSTRUCTORA, S.A. frente MUTUA BALEAR DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES NÚM. 183 S.S., INSS, TGSS Y OTROS se ha dictado la siguiente resolución:
“El anterior escrito suscrito por el Letrado/a D/Dª FELISINDO BASTEIRO GUERRA, en representación de CONTRATAS Y OBRAS EMPRESA CONSTRUCTORA, únase al recurso de su razón junto con sus copias. Se tiene por interpuesto el recurso de Casación para unificación de doctrina y fórmese pieza separada que se encabezará con testimonio de la sentencia dictada por esta Sala. Emplácese a las demás partes para que se personen por escrito de Letrado, ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo dentro del plazo de diez días, aportando copias de dicho escrito y designando un domicilio para notificaciones en la sede de dicha Sala, debiendo acreditar la representación de la parte de no constar previamente en las actuaciones.
Verificado, remítanse las actuaciones a dicho Tribunal.
La parte recurrente se entiende personada de derecho con la remisión de las actuaciones.
Comuníquese al Juzgado de lo Social nº 3 de Pontevedra que la resolución de esta Sala ha sido recurrida en Casación para unificación de doctrina.
Notifíquese a las partes haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Lo acuerdo y firmo”.
Y para que así conste a efectos de su publicación en el BOIB, a fin de que sirva de notificación en forma a CONSTRUCCIONES Y ESTRUCTURAS MIDOES VARELA, S.L. Y PERFECTO VARELA BOIZANA, con último domicilio conocido en Nostra Señora de Bonany núm. 16 – 07010 Palma de Mallorca y Ciudadella-Menoría (Baleares), respectivamente, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, expido y firmo el presente edicto en A CORUÑA, 12 de julio de 2013.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL