Secció IV. Procediments judicials
JUTJATS D' EIVISSA
JUTJAT DE 1A. INSTÀNCIA NÚM. 3 D'EIVISSA
Núm. 12478
Verbal desnonament falta de pagament 0000832/2008 Sobre altres matèries
Versió PDF
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento de referencia se ha dictado la sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor siguiente:
‘SENTENCIA N. 227/2008.
En Ibiza a 14 de noviembre de 2008.
Vistos por mí, Inmaculada Ortega Goñi, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia 3 de Ibiza, los autos de Juicio Verbal Desahucio seguidos ante este Juzgado con n. 640/2008, a instancia de D. ANTONIO GUASCH TORRES contra WIELAND SCHAFER en situación procesal de rebeldía.
FALLO.
Que debiendo estimar como estimo íntegramente la demanda interpuesta por don Antonio Guasch Torres contra D. Wieland Schafer en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno a este y a las personas que con él puedan convivir, a que dentro de los plazos legales deje libre y expedita y a disposición de la parte demandante la vivienda sita Can Pep d’en Cosme, polígono 12, n. 75 de Santa Eulalia del Rio, Ibiza, propiedad de la parte actora y a que indemnice a la actora en la suma de 5071,64 euros más las cantidades que por rentas se vayan devengando con posterioridad a la fecha de la presente resolución hasta el definitivo desalojo, desalojo que en caso de no verificarse voluntariamente se ejecutará su costa el próximo día 22 de diciembre de 2008 a las 12,00 horas, cantidad que devengará el interés legal del dinero incrementado en dos puntos desde la fecha de la presente y con expresa condena en costas al demandado.
Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de APELACIÓN ante la Sala de lo civil de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, recurso que habrá de anunciarse por escrito que deberá presentarse, en su caso, en este Juzgado en el plazo de 5 días a contar desde el siguiente a su notificación’.
Y como consecuencia del ignorado paradero de WIELAND SCHAFER, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
IBIZA/EIVISSA a cuatro de Junio de dos mil doce.
LA SECRETARIA JUDICIAL