Secció IV. Procediments judicials
JUTJATS DE PALMA DE MALLORCA
JUTJAT DE 1A. INSTÀNCIA NÚM. 1 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 11335
Procediment ordinari 0000992/2012 Sobre altres matèries
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D. FERNANDO ESTRADA RUIZ, Secretario/a Judicial, del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 1 de PALMA DE MALLORCA, por el presente, acuerdo:
En el presente procedimiento seguido a instancia de CMO ECONOMISTAS SL frente a AVENIDA JAIME III 24 CONSTRUCCIONES SL se ha dictado sentencia de fecha 20 de mayo de 2013, cuyo fallo es del tenor literal es el siguiente:
FALLO
Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda presentada por la Procuradora de los Tribunales Dª Magdalena Cuart Janer, en nombre y representación de CMO economistas, S.L., contra Avenida Jaime III Construcciones, S.L. declarando que la entidad Avenida Jaime III Construcciones, S.L. adeuda y debe abonar la cantidad líquida, vencida y exigible de 14914 euros más los intereses legales y debo condenar y condeno a la demandada a estar y pasar por la anterior declaración así como a que pague a la actora 14914 euros más el pago de los intereses legales desde la interposición de la demanda.
Se condena a Avenida Jaime III Construcciones, S.L. al pago de las costas procesales.
La presente sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante este juzgado y a resolver por la Audiencia Provincial de Islas Baleares, en el plazo de 20 días a partir de su notificación, de acuerdo con los artículos 455 y 458 LEC.
Con carácter previo a la interposición del recurso deberá consignarse la cantidad de 50 euros, en concepto de depósito, en la cuenta de depósitos y consignaciones del Juzgado existente en el banco Banesto.
Asimismo, la/s parte/s recurrente/s deberán hacer frente al abono de la tasa de conformidad con lo dispuesto en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, modificada por Real Decreto-Ley 3/2013, de 22 de febrero.
Así por esta mi sentencia lo pronuncia, manda y firma D. Sergio López Ruiz, Juez titular del Juzgado de Primera Instancia nº1 de Palma de Mallorca.
Y encontrándose dicho demandado, AVENIDA JAIME III 24 CONSTRUCCIONES SL, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
PALMA DE MALLORCA a siete de Junio de dos mil trece.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL