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Butlletí Oficial de les Illes Balears

Secció IV. Procediments judicials

JUTJATS DE PALMA DE MALLORCA

JUTJAT D'INSTRUCCIÓ NÚM. 3 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 10232
Judici de faltes 487/2012

  • Contingut, oficial i autèntic, de la disposició: Document pdf  Versió PDF

Text

Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se  notifica a FAITH BENJAMIN la sentencia de fecha 12 de febrero de 2013 cuya parte dispositiva es la siguiente: “DEBO CONDENAR Y CONDENO a Faith Benjamin como autor penalmente responsable de una falta de hurto, prevista y penada en el art. 623.1 del Código Penal, a la pena de 30 Días de Multa a razón de 6 Euros Diarios, quedando sujeto en caso de impago de la misma, a una responsabilidad personal subsidiaria, previa exacción de sus bienes, de un día Localización Permanente por cada dos cuotas diarias no satisfechas, con la obligación de permanecer en su domicilio; imponiéndole el pago asimismo de las costas causadas en el juicio.

DEBO CONDENAR Y CONDENO a Dª Magdaline Osayande como autor penalmente responsable de una falta de hurto, prevista y penada en el art. 623.1 del Código Penal, a la pena de 30 Días de Multa a razón de 6 Euros Diarios, quedando sujeto en caso de impago de la misma, a una responsabilidad personal subsidiaria, previa exacción de sus bienes, de un día Localización Permanente por cada dos cuotas diarias no satisfechas, con la obligación de permanecer en su domicilio; imponiéndole el pago asimismo de las costas causadas en el juicio.”

En PALMA DE MALLORCA a 22 de Mayo de 2013.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL