Secció IV. Procediments judicials
JUTJATS D' EIVISSA
JUTJAT DE 1A. INSTÀNCIA NÚM. 3 D'EIVISSA
Núm. 10636
Modificació mesures amb relació fills extramatrimonials suposat contenciós 0000612/2012 Sobre altres matèries
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D./Dª. PALOMA POVEDA BERNAL , Secretario/a Judicial, delJDO. PRIMERA INSTANCIA N.3 de IBIZA/EIVISSA, por el presente,
ANUNCIO:
En el presente procedimiento seguido a instancia de GIORGIO ARESU frente a EVA FANCSALI se ha dictado sentencia, cuyo FALLO es el siguiente:
FALLO
ACUERDO la adopción, como medidas definitivas, las adoptadas con carácter provisional en el auto de fecha 7 de marzo de 2.013 dictado en los autos de medidas provisionales previas nº 5/2012, con la modificación relativa a la patria potestad prevista en el Fundamento de Derecho Segundo de la presente resolución, que será atribuida en exclusiva al padre por un periodo de dos años, sin efectuar expresa condena en costas a las partes.
Notifíquese la presente sentencia a las partes, contra la que cabe formular recurso de apelación conforme a lo previsto por el artículo 455 LEC, a interponer con arreglo a lo dispuesto en los artículos 458 y ss. LEC, previa consignación del depósito preceptivo para recurrir en la cuenta de consignaciones de este Juzgado.
Así por esta mi Sentencia la pronuncio, mando y firmo.
Y encontrándose dicha demandada, EVA FANCSALI, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a la misma.
IBIZA/EIVISSA a treinta de Mayo de dos mil trece.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL,