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Butlletí Oficial de les Illes Balears

Secció V. Anuncis

Subsecció tercera. Anuncis particulars

PARTICULARS

Núm. 7893
Acta notorietat per fer constar major cabuda d'una finca

  • Contingut, oficial i autèntic, de la disposició: Document pdf  Versió PDF

Text

Yo, José Antonio Carbonell Crespí, Notario del Ilustre Colegio de les Illes Balears,

HAGO CONSTAR

Que en mi Notaria, se tramita ACTA DE NOTORIEDAD PARA HACER CONSTAR LA MAYOR CABIDA DE UNA FINCA INSCRITA, propiedad de DON JUAN COLOM MARROIG, cuya descripción registral es la que sigue:

DESCRIPCIÓN: RUSTICA.- Porción de tierra denominada Can Bi, procedente del predio Sa Costa, en término municipal de la villa de Deià, con casa y derecho de agua anejo, que a consecuencia de la segregación sufrida ha quedado reducida, a una porción que comprende un bancal que tiene la cabida de tres áreas. Lindante: por Norte, con propiedad de Antonio Cardell; por Sur, con porción segregada de esta finca propia de Juan María Thomás y hermanos y con casa de los mismos; por Oeste, con torrente mayor; y por Este, con tierras de Francisco Colom.

Anejo a dicha porción o bancal va el derecho de dos horas y media de agua semanales del manantial llamado Font Fresca o Del Racó, resto del de ocho horas y media que tenia anejo la total finca de este número.

INSCRIPCIÓN: Inscrita en el Registro de la Propiedad de PALMA DE MALLORCA Nº 8, al Tomo 2035, libro 19, folio 215, finca número 718 de Deià.

TITULO: Le pertenece, por herencia de su madre, DOÑA MARIA MARROIG COLL, con D.N.I y N.I.F. número 41.191.613-Q. que falleció en Marratxí, teniendo fijada su última residencia en esta localidad, el dia doce de febrero del dos mil cuatro, habiéndosela adjudicado mediante escritura autorizada por mí, el día diez de Abril del dos mil trece, bajo el número 457 de protocolo.

REFERENCIA CATASTRAL: 9799308DD6999N0001MH

La superficie real de la finca es la de QUINIENTOS SESENTA Y SEIS METROS CUADRADOS (566 M²) y que tal extensión se comprende entre los linderos siguientes:

Al Norte, en parte con la parcela 9799304DD6999N0001PH propiedad de María Rosa Deya Ros y en parte con la parcela 9766309DD6999N0001OH propiedad de Jane Winterbottom; al Sur, en parte con la calle Es Clot del término de Deià y en parte con la parcela 9799307DD6999N0001FH propiedad de Kristen Kyle Tomassi; al Oeste, en parte con la calle Es Clot del término de Deià y en parte con la parcela 9766309DD6999N0001OH propiedad de Jane Winterbottom; y al Este, en parte con la parcela 9799304DD6999N0001PH propiedad de María Rosa Deya Ros, en parte con la parcela 9799305DD6999N0001LH propiedad de la entidad Marrutxo SL, y en parte con la parcela 9799307DD6999N0001FH propiedad de Kristen Kyle Tomassi.

Y con la siguiente descripción real:

DESCRIPCIÓN: RUSTICA, en realidad URBANA.- Porción de tierra denominada Can Bi, procedente del predio Sa Costa, en término de Deiá, con frente a la Calle Es Clot, número 6 E, con casa y derecho de agua anejo, que comprende un bancal que tiene una superficie de QUINIENTOS SESENTA Y SEIS METROS CUADRADOS (566 M²). Linda, al Norte, en parte con la parcela 9799304DD6999N0001PH propiedad de María Rosa Deya Ros y en parte con la parcela 9766309DD6999N0001OH propiedad de Jane Winterbottom; al Sur, en parte con la calle Es Clot del término de Deià y en parte con la parcela 9799307DD6999N0001FH propiedad de Kristen Kyle Tomassi; al Oeste, en parte con la calle Es Clot del término de Deià y en parte con la parcela 9766309DD6999N0001OH propiedad de Jane Winterbottom; y al Este, en parte con la parcela 9799304DD6999N0001PH propiedad de María Rosa Deya Ros, en parte con la parcela 9799305DD6999N0001LH propiedad de la entidad Marrutxo SL, y en parte con la parcela 9799307DD6999N0001FH propiedad de Kristen Kyle Tomassi.

Tiene anejo el derecho a dos horas y media de agua semanales del manantial llamado Font Fresca o del Racó, resto del de ocho horas y media que tenía anejo la total finca de este número.

Y para su publicación, en el BOIB, con el fin de que culaquier interesado, en el plazo de veinte días hábiles desde la presente publicación, pueda alegar lo que estime oportuno en defensa de sus intereses y derechos, lo expido en Palma de Mallorca, a veinticuatro de Abril de dos mil trece.