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Butlletí Oficial de les Illes Balears

Secció IV. Procediments judicials

JUTJATS DE PALMA DE MALLORCA

JUTJAT DE 1A. INSTÀNCIA NÚM. 21 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 5743
Dret deliberació benefici inventari 0000996/2012 Sobre Altres Matèries

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DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

Secretario/a Judicial Sr./a: GEMA BURRIEL MANZANARES

En PALMA DE MALLORCA, a quince de Marzo de dos mil trece.

Recibida la anterior solicitud de Jurisdicción Voluntaria, documentos que se acompañan y escritura de poder, presentada por la Procuradora MONSERRAT MONTANE PONCE, se admite a tramite, incoándose expediente de jurisdicción voluntaria para la formación de inventario de la herencia de D. IGNACIO CAPARROS PAREDES (tío de su representado D. ANDRÉS CAPARROS SEGOVIA), y ejercicio del derecho de deliberar, que se registrará en el libro correspondiente, teniendo en el mismo por personada a dicha Procuradora en representación de D. ANDRÉS JOSÉ CAPARROS SEGOVIA, entendiéndose con ella las sucesivas comunicaciones y diligencias en virtud de designación de Apud Acta efectuada en fecha 27/02/2013.

Cítese a los acreedores y legatarios expresados en la solicitud para que puedan asistir si les conviene a la formación del inventario, concediéndoles al efecto el plazo de quince días para personarse en el expediente, fijándose edictos en el tablón de anuncios del Juzgado y publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia para la citación de los posibles acreedores desconocidos del causante. Fórmese por el/la Sr./Sra. Secretario inventario fiel y exacto de los bienes de la herencia, inventario que se propiciará dentro de los treinta días siguientes a la citación de los acreedores y legatarios y concluirá dentro de otros sesenta.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Recurso de reposición en el plazo de cinco días, desde su notificación, ante es Secretario que la dicta.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL

Interesando la remisión a este órgano judicial de un ejemplar de cada número en que se publique.

En PALMA DE MALLORCA, a quince de Marzo de dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.