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Butlletí Oficial de les Illes Balears

Secció IV. Procediments judicials

JUTJATS DE PALMA DE MALLORCA

JUTJAT DE LO SOCIAL NÚM. 4 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 5447
Execució de Títols Judicials 0000031/2012

  • Contingut, oficial i autèntic, de la disposició: Document pdf  Versió PDF

Text

D/Dª  FRANCISCA MARIA REUS BARCELO, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 004 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000031 /2012 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D/Dª AGNIESZKA KAZMIERCZAK MIEDZIUM contra la empresa  CISPER DESARROLLOS SL sobre ORDINARIO, se ha dictado resolución que contiene encabezamientos y parte dispositiva siguientes:

DECRETO

Secretario/a Judicial D/Dª  FRANCISCA MARIA REUS BARCELO

En PALMA DE MALLORCA, a diecinueve de Marzo de dos mil trece

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.- En las presentes actuaciones se ha dictado auto despachando ejecución a favor de AGNIESZKA KAZMIERCZAK MIEDZIUM frente a  CISPER DESARROLLOS SL por la cantidad de 3.866,82€ en concepto de principal, más otros 773€ calculados de forma provisional para intereses y costas.

PARTE DISPOSITIVA

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:

 -Acceder a la base de datos de la TGSS, AEAT, CATASTRO, DGT a fin de conocer todos los bienes y derechos propiedad del deudor sobre los que trabar embargo.

 -Se decreta el embargo sobre los ingresos que se produzcan en la c/c titularidad de la  parte ejecutada , así como de los saldos acreedores existentes en las cuentas corrientes, depósitos de ahorro o análogos y cualquier valor mobiliario titularidad de la apremiada, en los que la entidad bancaria actúe como depositaria o mera intermediaria, hasta cubrir el importe total del principal adeudado más intereses y costas calculadas. Líbrese la oportuna comunicación para la retención y transferencia de las indicadas cantidades y sucesivas que se abonen hasta cubrir el total importe a la cuenta de consignaciones de este Juzgado.

Asimismo requiérase la aportación del extracto de la cuenta corriente, de la cartilla u otros análogos que pudiera tener el ejecutado a la fecha.

-Se decreta el embargo sobre los Fondos de Inversión (en BANSABADELL INVERSION S.A SOCIEDAD GESTO .-SABADELL BS INMOBILIARIO F.I.I  ) cuya titularidad ostenta la ejecutada.

Requiérase a  la entidad SABADELL INVERSION S.A para que en el plazo de CINCO DIAS certifique si el ejecutado figura como titular en el Libro de registro de socios, especificando en consecuencia el numero de participaciones sociales, el valor asignado a cada una de ellas, asi como la constitución de derechos reales y otros gravámenes sobre las mismas y, en su caso, tome nota de la traba en cuantía suficiente para cubrir el principal que asciende a 3.866,82 euros más otros 773 euros en concepto de costas e intereses que se fijan de forma provisional.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante el presente órgano judicial en el plazo de TRES  DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 186 LPL. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta nº0030/1846/42/0005001274 abierta en Banesto  , debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código ‘31 Social- Revisión’. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación ‘recurso’ seguida del ‘código 31 Social- Revisión’. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL

Se advierte al destinatario CISPER DESARROLLOS SL  que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a diecinueve de Marzo de dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.