Secció IV. Procediments judicials
JUTJATS DE PALMA DE MALLORCA
JUTJAT D'INSTRUCCIÓ NÚM. 2 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 3906
Judici de faltes núm. 517/2012
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Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a VASILE URSU la sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Debo condenar como condeno a Vasile Ursu como autor criminalmente responsable de una falta de hurto prevista y penada en el art. 623.1 del código Penal a la pena de 60 días de multa y 6 euros de cuota diaria, y a que indemnice al legal representante del establecimiento comercial denominado “FC Botiga” sito en la c/ San Miguel números 65 y 67 de la localidad de Palma de Mallorca en la cantidad de 39,00 euros una vez sea aportada la prenda dañada, y condena en costas.
Si el condenado no satisficiere la pena impuesta, quedará sujeto a responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas de conformidad con lo establecido en el art. 53 del Código Penal.
En PALMA DE MALLORCA a 21 de Febrero de 2013.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL