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Butlletí Oficial de les Illes Balears

Secció IV. Procediments judicials

JUTJATS DE PALMA DE MALLORCA

JUTJAT DE LO SOCIAL NÚM. 4 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 760
Execució de Títols Judicials 0000478/2011.

  • Contingut, oficial i autèntic, de la disposició: Document pdf  Versió PDF

Text

 

D/Dª  PAULA MATEO ERROZ, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 004 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000478 /2011 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D/Dª CATALINA GUERRA MIRO contra la empresa  EUROAPUESTAS MILLONARIAS SL sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

DECRETO

Secretario/a Judicial D/Dª  FRANCISCA MARIA REUS BARCELO

En PALMA DE MALLORCA, a diecisiete de Diciembre de dos mil doce

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- En las presentes actuaciones se ha dictado auto despachando ejecución a favor de CATALINA GUERRA MIRO frente a  EUROAPUESTAS MILLONARIAS SL por la cantidad de 3.698,58 euros en concepto de principal y 750 euros en concepto de intereses y costas

Segundo.- En el Juzgado de lo Social nº 2 de Palma se ha dictado resolución declarando a la ejecutada EUROAPUESTAS MILLONARIAS SL en situación de Insolvencia Total a fecha 5 de marzo de 2012 en el procedimiento ETJ 350/11.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.-  Dispone el artículo 551.3 de la LEC, que dictado el auto que contiene la orden general de ejecución, el/la Secretario/a judicial responsable de la misma, dictará decreto en el que se contendrán las medidas ejecutivas concretas que resulten procedentes, incluyendo el embargo de bienes, y las medidas de localización y averiguación de los bienes del ejecutado que procedan, conforme a lo previsto en los artículos 589 y 590 de la LEC, así como el requerimiento de pago que deba hacerse al deudor en casos que lo establezca la ley; dictándose de oficio las resoluciones pertinentes conforme al art. 237 LJS.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:

Se Acuerda: Dar audiencia al Fondo de Granita Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar auto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Y para que sirva de notificación en legal forma a EUROAPUESTAS MILLONARIAS SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOIB.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

 

En PALMA DE MALLORCA, a veintisiete de Diciembre de dos mil doce.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.