Torna

BUTLLETÍ OFICIAL DE LES ILLES BALEARS

Secció IV. Procediments judicials

JUTJATS DE CIUTADELLA

JUTJAT DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE CIUTADELLA

Núm. 24495
Procediment Ordinari 0000269/2012.

  • Contingut, oficial i autèntic, de la disposició: Document pdf  Versió PDF

Text

 

D. RAFAEL LIZAN RUFILANCHAS, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social n° 1 de CIUTADELLA DE MENORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento ORDINARIO 269/2012 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de Dª. SANDRA CALLE BENÍTEZ contra la empresa MUEBLES GALI, SL, FOGASA, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Autos n° 269/12 (y acumulado 162/12)

SENTENCIA N° 320/12

En Ciutadella, a treinta de noviembre de dos mil doce.

VISTO por mí D. Sergio Martínez Pascual, M­Juez del Juzgado de lo Social n° 1 de Ciutadella, el presente Juicio tramitado con el n° 269/12, a instancia de Dña. Sandra Calle Benítez, asistida del Ldo. Sr. Caballero, contra la empresa "Muebles Gali, S.L”; contra la administración concursal de la misma, representada por D. Santiago Lafuente Mir, asistido de la Lda. Sra. Andrés y contra el Fogasa, sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta a instancia de Dña. Sandra Calle Benítez, contra la empresa "Muebles Gali, S.L" debo CONDENAR Y CONDENO a la demandada "Muebles Gali, S.L" a abonar a la actora a través de su administración concursal la cantidad de 6.257,31 € netos, más los intereses correspondientes calculados en el tipo de interés anual del 10%, desde su devengo hasta la fecha de declaración del concurso; y, desde la fecha de declaración del concurso hasta el pago, en el tipo del interés anual legal del dinero vigente en cada momento.

Todo ello con absolución en la persona de D. Santiago Lafuente Mir; y con absolución también del Fondo de Garantía Salarial, y sin perjuicio de sus eventuales responsabilidades legales.

Notifíquese la anterior sentencia a las partes interesadas, advirtiéndoles que contra la misma, de conformidad con lo dispuesto en la LRJS, cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Baleares.

Advertencias legales.- El recurso, en su caso, deberá ser anunciado ante este Juzgado en el acto de la notificación de esta sentencia, bastando para ello la manifestación en tal sentido de la parte, de su Abogado, Graduado social colegiado, o de su representante en el momento de hacerle la notificación, o dentro de los cinco días siguientes al en que tenga lugar dicha notificación, por escrito o comparecencia ante este Juzgado.

En el caso de que la recurrente fuera la empresa demandada, deberá acreditar al tiempo de anunciar el recurso haber ingresado en la cuenta corriente de este Juzgado, abierta el Banco Español de Crédito (BANESTO) oficina 1855 con número de cuenta 0921 0000 65 0269/12, titulada “DEPÓSITOS Y CONSIGNACIONES", la cantidad total objeto de condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval solidario de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento emitido por entidad de crédito, y justificado documentalmente en el anuncio del recurso.

De igual modo, la demandada deberá acreditar, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado como depósito la cantidad de 300 € en la cuenta corriente de este juzgado antes señalada.

De no anunciarse recurso contra la presente, firme que sea, procédase al archivo de las actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgado lo pronuncio, mando y firmo.

DILIGENCIA. La extiendo yo, Secretario, para hacer constar que la anterior Sentencia ha sido dada, leída y publicada por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez de lo Social que la firma, estando celebrando audiencia pública y es notificada a las partes, quedando su original en el Libro Oficial de Resoluciones y copia testimoniada en los autos. Doy fe.

DILIGENCIA.- Seguidamente se entregan copias al auxiliar  judicial para notificación de la Sentencia a las partes, doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a MUEBLES GALI, SL, en ignorado paradero, expide la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Baleares.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

 

En CIUTADELLA DE MENORCA, a trece de diciembre de dos mil doce.

EL SECRETARIO JUDICIAL