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BUTLLETÍ OFICIAL DE LES ILLES BALEARS

Secció IV. Procediments judicials

JUTJATS DE PALMA DE MALLORCA

JUTJAT DE 1A. INSTÀNCIA NÚM. 16 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 179
Divorci Contenciós 0000324/2011. Sobre Altres Matèries.

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Text

 

Dª. CRISTINA SECADES RIESTRA, Secretaria Judicial, del JDO.PRIMERA INSTANCIA N. 16 de PALMA DE MALLORCA, por el presente,

ANUNCIO:

En el presente procedimiento de divorcio seguido a instancia de MARIA ELENA GRANADOS HERNANDEZ frente a FRANCISCO GUISADO VILAPLANA se ha dictado AUTO, cuyo tenor literal es el siguiente:

FALLO

Que estimando totalmente la demanda presentada por el procurador de los Tribunales Don Javier· Delgado Truyols, en nombre y representación de; Doña Mª. Elena Granado Hernández frente a Don Francisco Guisado Vilaplana debo declarar y declaro haber lugar al divorcio del matrimonio celebrado en Palma de Mallorca en fecha 27 de Agosto de 1978 entre Doña Mª. Elena Granado Hernández y Don Francisco Guisado Vilaplana, quien ha sido declarado rebelde en el presente litigio.

No cabe efectuar pronunciamientos específicos sobre los efectos del divorcio del matrimonio.

Sin expreso pronunciamiento en costas.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de Apelación que se interpondrá mediante escrito ante, este Juzgado en el termino de veinte días. Hágase saber a las partes que no tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita, la necesidad de constituir deposito por importe de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones judiciales 0925 000002 n° de expediente (cuatro dígitos + año dos dígitos ,) indicándose la palabra “Recurso” en el campo “concepto”, debiendo adjuntar al escrito de interposición. del mismo el correspondiente resguardo de ingreso, de conformidad con lo dispuesto por la LO 1/2009 de 3 de noviembre, no admitiéndose a tramite ningún recurso cuyo deposito no este constituido.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo, Rosa Maria Mas Piña, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia n° 16 de Palma de Mallorca y su partido judicial.

Y encontrándose dicho demandado, FRANCISCO GUISADO VILAPLANA, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

 

PALMA DE MALLORCA a cinco de Noviembre de dos mil doce.

LA SECRETARIA JUDICIAL.