Certificados
Certificado de competencia en bienestar animal para el personal que realiza la matanza y operaciones conexas en los mataderos de las Illes Balears
El día 18 de noviembre de 2009 se publicó el Reglamento (CE) n.º 1099/2009, del Consejo, de 24 de septiembre de 2009, relativo a la protección de los animales en el momento de la matanza.
Como requisito general, el Reglamento contempla que durante los procesos de sacrificio o matanza de los animales no se les debe causar dolor, angustia o sufrimiento evitable, por lo que dichas operaciones deben practicarse mediante métodos o técnicas que garanticen la inconsciencia e insensibilidad de los animales hasta su muerte.
La protección de los animales en el momento del sacrificio o matanza es una cuestión de interés público que influye en la seguridad y calidad de la carne.
Un personal debidamente formado y cualificado mejora las condiciones de trato de los animales. Por ello, la matanza y operaciones conexas a la misma deben realizarlas únicamente personas con un nivel adecuado de cualificación que estén en posesión de un certificado de competencia que garantice que en las actividades u operaciones de sacrificio no se cause a los animales dolor, angustia o sufrimiento evitable.
Por todo ello, resulta preciso regular en nuestra Comunidad la formación del personal involucrado en las operaciones de sacrificio o matanza de los animales en los mataderos y los requisitos y procedimientos de expedición de los certificados de competencia.
Por este motivo, el día 20 de diciembre de 2014, se publicó el Decreto 56/2014, de 19 de diciembre, que regula la expedición del certificado de competencia en bienestar animal para el personal que realiza la matanza y operaciones conexas en los mataderos de las Illes Balears.
El presente decreto tiene por objeto:
a) Regular la formación relacionada con el bienestar y la protección de los animales en el momento de la matanza, dirigida al personal de los mataderos involucrado en el sacrificio de animales y operaciones conexas.
b) Establecer el procedimiento para la homologación y comunicación de los cursos de formación a los que se refiere el apartado 1 a de este artículo.
c) Establecer los procedimientos y requisitos para obtener los certificados de competencia en bienestar animal para los trabajadores de mataderos de las Illes Balears que realicen operaciones relacionadas con el sacrificio de animales y operaciones conexas.
d) Establecer las cualificaciones y titulaciones reconocidas como equivalentes a los certificados de competencia a los que se refiere el anterior apartado c de este artículo.
Acceso a la solicitud del certificado de competencia en bienestar animal