Actividades molestas, nocivas, insalubres y peligrosas
 

Descripción

Con la entrada en vigor de la Ley 16/2006, de 17 de octubre, de régimen jurídico de las licencias integradas de actividades de las Islas Baleares, se ha realizado un esfuerzo de adaptación al nuevo sistema por parte de todas las administraciones públicas que participan, a la hora de la calificación y valoración de las medidas correctoras de las actividades. Desde la Consejería de Salud y Consumo, se continúa colaborando con todas las administraciones implicadas prestando asistencia técnica, incluyendo inspección, emisión de informes sobre los aspectos sanitarios de las actividades a petición de las administraciones implicadas (ayuntamientos, Consells Insulars), y participando activamente como miembros de la Junta Autonómica de Actividades de les Illes Balears (JAIB).

La ley 16/2006 ha aportado cambios significativos en la tramitación de las licencias de actividades, de forma que los ayuntamientos de más de 15.000 habitantes tienen las competencias exclusivas transferidas, y los de menos de 15.000 habitantes las comparten con el Consell Insular Correspondiente en función de la calificación de la actividad.

La Consejería de Salud i Consumo está a disposición tanto de los ayuntamientos como de los Consells Insulars para la elaboración de informes sanitarios sobre los proyectos de actividades que se estén tramitando y que los servicios técnicos de los Ayuntamientos o de los Consells Insulars consideren oportunos, siempre desde el ámbito sanitario.
 

Normativa aplicable

lazo_pdf.gif Ley 16/2006, de 17 de octubre, de Régimen jurídico de las licencias integradas de actividad de las Illes Balears (actualizada en fecha 10/03/2011)