El Servicio de Ordenación Farmacéutica tiene como objetivos principales la planificación y la gestión de las políticas en materia de ordenación farmacéutica que garanticen a toda la población el acceso a los medicamentos con facilidad, igualdad y equidad.
Para llevar a cabo estos objetivos se realizan actuaciones de autorización y control de los establecimientos sanitarios que custodian y dispensan medicamentos, así como de los profesionales que en ellos ejercen sus funciones.
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Mediante esta Resolución se da trámite de audiencia al Colegio Oficial de Farmacéuticos de las Illes Balears, a los municipios afectados por la creación o supresión de oficinas de farmacia en su término municipal mediante las asociaciones que los representen y a los titulares de las oficinas de farmacia situadas en los mismos términos municipales, de conformidad con el artículo 20.11 de la Ley 7/1998, para que presenten las alegaciones que consideren oportunas, en el plazo máximo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente de la notificación de esta Resolución, en cuanto a este procedimiento de revisión del catálogo farmacéutico de las Illes Balears y en relación con su municipio. |
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Los aspirantes en los concursos mencionados, disponen de un plazo de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, para que puedan presentar las reclamaciones o las alegaciones que consideren oportunas a esta lista provisional de méritos y las adjudicaciones provisionales. Importante: Disposnen de un trámite de alegaciones a las listas provisionales de adjudicaciones de oficinas de farmacia dentro del procedimiento correspondiente. |
Convocatoria de concurso de méritos para la adjudicación de oficinas de farmacia en las Illes Balears - 2024 |