El Servicio de Ordenación Farmacéutica tiene como objetivos principales la planificación y la gestión de las políticas en materia de ordenación farmacéutica que garanticen a toda la población el acceso a los medicamentos con facilidad, igualdad y equidad.

Para llevar a cabo estos objetivos se realizan actuaciones de autorización y control de los establecimientos sanitarios que custodian y dispensan medicamentos, así como de los profesionales que en ellos ejercen sus funciones.

 

 CATÀLEG FARMACÈUTIC

 
REVISIÓN CATÁLOGO FARMACÉUTICO 2025 

Resolución del director general de Prestaciones, Farmacia y Consumo de 10 de diciembre de 2025 por la que se ordena el inicio del procedimiento de revisión del catálogo farmacéutico de las Illes Balears.

 
  BOIB núm. 164, de 13 de diciembre de 2025

Mediante esta Resolución se da trámite de audiencia al Colegio Oficial de Farmacéuticos de las Illes Balears, a los municipios afectados por la creación o supresión de oficinas de farmacia en su término municipal mediante las asociaciones que los representen y a los titulares de las oficinas de farmacia situadas en los mismos términos municipales, de conformidad con el artículo 20.11 de la Ley 7/1998, para que presenten las alegaciones que consideren oportunas, en el plazo máximo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente de la notificación de esta Resolución, en cuanto a este procedimiento de revisión del catálogo farmacéutico de las Illes Balears y en relación con su municipio.

 
  Enlace al procedimiento de presentación de alegaciones de la Sede Electrònica

De acuerdo con lo que dispone el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra este acto de trámite, que no decide directamente o indirectamente el fondo del asunto, ni determina la imposibilidad de continuar el procedimiento, ni produce indefensión o perjuicio irreparable a derecho e intereses legítimos, no puede interponerse ningún tipo de recurso administrativo, sin perjuicio que las personas interesadas puedan alegar su oposición para que se considere en la resolución que ponga fin a este procedimiento.

 CONVOCATORIA CONCURSO 2024

 
AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE AUDIENCIA

RResolución del director general de Prestaciones, Farmacia y Consumo por la cual se amplía el plazo de audiencia otorgado por las dieciocho resoluciones de esta Dirección General fechadas el 22 de septiembre de 2025 (BOIB de 25 de septiembre de 2025) por las cuales se aprobaron los adjudicatarios provisionales y las listas provisionales de méritos en los concursos para la adjudicación de las oficinas de farmacia de Alcúdia 3, Alcúdia 4, s’Arenal de Llucmajor, Santa Margalida, Puerto de Pollença, Marratxí, Porto Cristo, Calonge, Playa de Muro, Cala Millor, Can Picafort, Son Servera, Cala Lliteres, Pina, Cala Rajada, Artà, Eivissa D3 y D4 y urbanización Las Palmeras de Llucmajor.

El plazo otorgado finaliza el 27 de octubre de 2025.

 
  BOIB núm. 137 de 16 de octubre de 2025

 CONVOCATORIA CONCURSO 2024

 
ADJUDICACIONES PROVISIONALES Y LISTAS PROVISIONALES DE MÉRITOS

Resoluciones del director general de Prestaciones, Farmacia y Consumo por las que se aprueban los adjudicatarios provisionales y las listas provisionales de méritos en los 18 concursos para la adjudicación de una oficina de farmacia.

 
  BOIB núm. 128, de 25 de septiembre de 2025

Los aspirantes en los concursos mencionados, disponen de un plazo de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, para que puedan presentar las reclamaciones o las alegaciones que consideren oportunas a esta lista provisional de méritos y las adjudicaciones provisionales.

El plazo otorgado finaliza el 16 de octubre de 2025.

Importante: Disposnen de un trámite de alegaciones a las listas provisionales de adjudicaciones de oficinas de farmacia dentro del procedimiento correspondiente.

Se Informa que, una vez transcurrido el plazo de alegaciones y haberse aprobado la lista definitiva, el concursante que resulte adjudicatario definitivo de una oficina de farmacia se entenderá que renuncia automáticamente a su participación en los procedimientos para la adjudicación de otras oficinas de farmacia convocados simultáneamente, ya sea en la misma Resolución o en otra. Esta regla, según las bases de la convocatoria, también será aplicable, incluso, en los casos de renuncia o de decaimiento de la adjudicación. En consecuencia, los adjudicatarios definitivos solo figuraran en la lista definitiva de la oficina de farmacia para la cual han resultado adjudicatarios. 

 
  Enlace a renuncia mediante solicitud genérica

 

 

 

Convocatoria de concurso de méritos para la adjudicación de oficinas de farmacia en las Illes Balears - 2024

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