PROGRAMA 5 - Ayudas para la elaboración del Libro del Edificio y proyectos de rehabilitación

Esta línea de ayudas va destinada a la redacción del Libro del Edificio o proyecto de rehabilitación en edificios plurifamiliares o unifamiliares construidos antes del año 2000 .

Edificios eficientes y sostenibles


El libro del edificio es el estudio técnico que da información sobre las características del edificio y proporciona a la propiedad las instrucciones de uso y mantenimiento necesarias para alargar la vida útil del edificio y evitar su degradación. En este estudio también se detallan las actuaciones a realizar para lograr las mejoras necesarias en eficiencia energética.
Los fondos Next Generation EU subvencionan este trabajo de diagnosis a los propietarios que manifiesten voluntad de llevar a cabo obras de rehabilitación.

 

DESCARGA TRÍPTICO
Período de presentación de solicitudes: 31 de diciembre de 2024.
Destinatarios:
  • Propietarios de edificios unifamiliares o plurafamiliares de las Illes Balears.
  • Comunidades de propietarios y sus agrupaciones.
  • Empresas arrendatarias de edificios.
Requisitos:
  • Línea 5A: Libros del edificio redactados a partir del 1 de febrero de 2020.
  • Línea 5B: Proyectos de obras iniciadas a partir del 1 de febrero de 2020.
  • Edificios finalitzados antes del año 2.000.
  • En edificios plurifamiliares: al menos el 50% de superficie construida sobre rasante, tiene que tener uso residencial de vivienda.
Actuaciones:

LINEA 5A (Libro del Edificio): Libro del Edificio existente para la rehabilitación.

*Si no se dispone de Informe de Evaluación del Edificio (IEE), la ayuda se podrá incrementar hasta en un 50%.

LINEA 5B (Proyectos técnicos de rehabilitación):

  • Requisitos del proyecto:Reducción de al menos un 30% de consumo de energía primaria no renovable.
  • Estudio de gestión de residuos con justificación del 70% del peso en reciclaje.
  • Diseño apoyando la circularidad.
  • Certificado de eficiencia energética del proyecto.
  • Fotografias a color de las zonas afectadas y de la fachada principal.
Cuantía de la ayuda:

Gastos subvencionables:
  • Honorarios profesionales, redacción de proyectos, informes y certificados.
  • Es subvencionable el IVA cuando no sea recuperable.
  • No son subvencionables licencias, tasas ni impuestos.