Venta a distancia de medicamentos de uso humano no sujetos a prescripción
Es la compra de medicamentos que no necesitan receta a través de un sitio web autorizado.
Únicamente aquellas oficinas de farmacia abiertas al público, legalmente autorizadas y que hayan notificado dicha actividad podrán llevar a cabo la venta a distancia de medicamentos.
La venta debe ser realizada con la intervención de un farmacéutico, desde su oficina de farmacia, previo asesoramiento personalizado y sin intervención de intermediarios.
No podrán realizarse regalos, premios, obsequios, concursos, bonificaciones o actividades similares como medios vinculados a la promoción o venta al público de medicamentos mediante sitios web, sin perjuicio de los descuentos sobre el precio de venta que se contemplen en la normativa vigente.
Cuando el comprador se encuentre en otro Estado miembro, la venta a distancia mediante sitios web deberá realizarse conforme a los requisitos establecidos en la normativa de aplicación así como los exigibles en el país de destino.
Las farmacias que han notificado esta actividad disponen de un logotipo común en su página web.
¿Cómo se puede saber si es auténtico el logotipo que figura en el sitio web de la farmacia que realiza la venta de medicamentos de uso humano a través de Internet de forma legal?
Al pinchar en el logotipo que debe exhibirse en los sitios web legales de las farmacias, se accede a la página web de la autoridad competente. En esta página podemos comprobar si la farmacia forma parte del listado público que la habilita para la venta a distancia.