Métodos de votación - Voto de los inscritos en el censo electoral de residentes ausentes en el extranjero
Las personas de nacionalidad española que vivan en el extranjero pueden votar desde allí en las elecciones al Parlamento de las Illes Balears, a las Cortes Generales y al Parlamento Europeo. Para hacerlo, es necesario que estén inscritas en el censo electoral de residentes ausentes que viven en el extranjero (CERA).
Para votar en las elecciones al Parlamento de las Illes Balears, los electores CERA deben estar adscritos, a efectos electorales, a algún municipio de las Illes Balears. La adscripción al municipio se vincula a la última residencia en España o, en el supuesto de no haber residido allí, al municipio de más arraigo propio o de alguno de sus ascendientes. Estas personas no tienen voto en las elecciones municipales ni en las elecciones a los consejos insulares.
Para figurar en el CERA, se debe rellenar un formulario de solicitud de inscripción disponible en las oficinas consulares. Las personas mayores de edad dadas de alta en el Registro de matrícula consular (RMC) como residentes ausentes forman parte automáticamente del CERA.
Remisión de la documentación para votar en el extranjero
De acuerdo con la reforma del artículo 75 de la LOREG, desde el año 2023 ya no será necesario que los electores residentes en el extranjero soliciten la documentación (sistema de voto rogado).
Las delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral enviarán de oficio a la dirección de la inscripción del elector CERA la siguiente documentación:
Primer envío (a partir del decimoctavo día y antes del vigésimo quinto día posterior a la convocatoria, por correo certificado):
a) Sobre de votación para las elecciones correspondientes.
b) Certificación sobre la inscripción en el CERA.
c) Sobre con la dirección de la junta electoral competente y sobre con la dirección de la oficina consular o la sección consular de la misión diplomática de inscripción del elector.
d) Hoja informativa sobre cómo ejercer el derecho a voto y la dirección de la página web oficial en la que se expondrán las candidaturas definitivas, y en la que habrá disponibles los juegos de papeletas descargables electrónicamente, con todas las candidaturas concurrentes, así como cualquier otra información sobre los procesos electorales en curso.
e) Relación de centros habilitados para el depósito del voto en una urna en el ámbito de la demarcación consular.
Segundo envío (a partir del vigésimo noveno día y no más tarde del trigésimo tercero): papeletas oficiales para la votación en las elecciones correspondientes, en el papel, el color y el formato que se utiliza en la votación por parte de los residentes en España.
Papeletas descargables
Así mismo, de acuerdo con la reforma del artículo 75 de la LOREG, las personas inscritas en el CERA, por primera vez en 2023, podrán descargar electrónicamente las papeletas para las elecciones al Parlamento de las Illes Balears, a las Cortes Generales y al Parlamento Europeo.