Convenios. Contratos de servicios. Falta de competencia para emitir el informe.
Prohibiciones de contratar. Extensión de ls prohibición del artículo 49.1.f de la Ley de Contratos del Sector Público a las personas jurídicas. Especial referencia a los consejos insulares.
Capacidad de obrar de las personas jurídicas. Adecuación entre el objeto social y las prestaciones objeto del contrato. Relevancia de la clasificación empresarial a los efectos de acreditar el objeto social de la empresa. Referencia a las uniones temporales de empresas.
Contrato de concesión de obras públicas. Obras complementarias. Capacidad y solvencia de la sociedad concesionaria.
Sistema de recursos en materia de contratación: interpretación del artículo 37 de la Ley de Contratos del Sector Público y del artículo 66 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Fraccionamiento del objeto de un contrato. Contrataciones sucesivas de prestaciones análogas o similares.
Naturaleza jurídica del Consorci de Transports de Mallorca a efectos de aplicación de la normativa reguladora de la contratación pública.
Clasificación empresarial exigible en los contratos de servicios relativos a la prestación de servicios sociales.
Posibilidad de los Consejos Insulares de hacer encargos a TRAGSA. Consideración de TRAGSA como medio propio de los Consejos Insulares.
Posibilidad de que una o más entidades adjudicadoras concluyan un acuerdo marco.