Información general sobre la Clasificación Empresarial 

 

La Clasificación empresarial es un requisito de capacidad que tienen que acreditar las empresas en los procedimientos de adjudicación de determinados contratos de los entes del sector público. La clasificación se exige en los contratos de obra cuyo valor estimado sea igual o superior a 500.000 euros (IVA excluido).

En cambio, en los contratos de servicios no se exige la clasificación, aunque el empresario puede obtenerla como empresa de servicios a fin de acreditar su solvencia.

Los expedientes de clasificación se deben tramitar ante la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. 

El plazo para resolver el expediente es de seis meses.