Registro de Contratos
La Junta Consultiva de Contratación Administrativa gestiona el Registro de Contratos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
La normativa reguladora de la contratación pública establece que el Ministerio de Hacienda debe mantener el Registro de Contratos, en el que se inscribirán los datos básicos de los contratos adjudicados por las distintas administraciones públicas y demás entidades del sector público.
El Registro de Contratos del Sector Público constituye el soporte para el conocimiento, análisis e investigación de la contratación pública, para la estadística en materia de contractos públicos y para el cumplimiento de las obligaciones internacionales en materia de información. Este Registro se debe coordinar con los registros autonómicos existentes.
Los órganos de contratación de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y del sector público instrumental tienen que comunicar al Registro de Contratos los datos básicos de los contratos adjudicados, así como, en su caso, sus modificaciones, prórrogas, variaciones de plazos o de precio, su importe final y extinción.
La Junta Consultiva de Contratación Administrativa comunica periódicamente al Registro de Contratos del Sector Público del Ministerio de Hacienda los datos de los contratos celebrados en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y los publica en la memoria que edita anualmente.
La regulación del Registro de Contratos se encuentra en:
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Los artículos 56.4 y 346 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
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El artículo 31 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
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Los artículos 15 a 23 del texto consolidado del Decreto por el que se crean la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, el Registro de Contratos y el Registro de Contratistas, aprobado por el Decreto 3/2016, de 29 de enero.