FICHA: Orden 17/2022 del consejero de Movilidad y Vivienda por la cual se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de ayudas para el sector del transporte público por carretera de mercancías para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas del incremento del precio de la energía


Objeto: La escalada del precio del carburante que está sufriendo el sector del transporte de mercancías por carretera a consecuencia de la guerra en Ucrania hace imprescindible modificar la Orden del consejero de Movilidad y Vivienda de 29 de julio de 2021 por la cual se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de transporte público por carretera de viajeros y mercancías, y convocar ayudas para paliar el aumento del precio del carburante que están sufriendo las empresas y ayudar a su sostenibilidad.

Órgano o entidad que tramita el expediente: Dirección General de Movilidad y Transporte Terrestre

Órgano que continúa la tramitación después de la reorganización de la nueva legislatura: Dirección General de Movilidad

Fecha de inicio de la tramitación: 24/05/2022

Fase actual de tramitación: Después de la fase de valoración de las alegaciones presentadas y de elaboración de los informes preceptivos, se ha aprobado la Orden en fecha 22 de junio de 2022, la cual se ha publicado en el BOIB.


PROCESOS DE PARTICIPACIÓN RELACIONADOS


Consulta previa: La iniciativa normativa no se ha sometido al trámite de la consulta pública previa prevista en el artículo 55 de la Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Islas Baleares, puesto que la Consellería de Movilidad y Vivienda ha optado porque el procedimiento de concesión de las ayudas referidas se tramite de acuerdo con lo establecido en el Decreto Ley 4/2022 de 30 de marzo, por el cual se adoptan medidas extraordinarias y urgentes para paliar la crisis económica y social producida por los efectos de la guerra en Ucrania, el cual, bajo la rúbrica «Medidas para agilizar la tramitación de subvenciones» (capítulo IV), establece, entre otros, que para la aprobación de las bases reguladoras no son aplicables las previsiones del capítulo II del título IV de la Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Islas Baleares, sino únicamente los trámites siguientes: resolución de inicio, información pública por un periodo de siete días, informo de los servicios jurídicos y, si procede, fiscalización previa de la Intervención General. Así mismo, se establece que la elaboración, la aprobación y la publicación oficial de las bases reguladoras puede incluir la de las convocatorias correspondientes

 Información pública: Este proyecto ha sido sometido a información pública. Puede consultar más datos en la página del histórico del Portal de Participación, en que se indica el número de visitas y, si procede, el de alegaciones.

 

Consultas y audiencia pública: Además, se han hecho consultas y se ha dado audiencia , de acuerdo con el artículo 58 de la Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Illes Balears. La relación de alegaciones y su valoración se recogerán en la nueva Memoria de análisis de impacto normativo, que se publicará en esta página.


DOCUMENTACIÓN RELACIONADA

24/05/2022 Memoria justificativa de la necesidad de aprobar la convocatoria de ayudas (.pdf) (sólo en catalán)

24/05/2022 Resolución de inicio (.pdf) (sólo en catalán)

24/05/2022 Proyecto de orden (.odt) (sólo en catalán)

10/06/2022 Informe jurídico  (.pdf) (sólo en catalán)