Ya pueden consultar en este microespacio los datos correspondientes a la brecha salarial entre mujeres y hombres de servicios generales de la CAIB correspondientes a 2019.

En el año 2019, entre el salario bruto anual de los hombres (48.033,92 €) y las mujeres (41.237,26 €) hay una diferencia de 6.796,66 € (485 € mensuales, si la dividimos entre 14 pagas). Tenemos que destacar, no obstante, que respecto al año 2018, esta diferencia se ha reducido en casi un 10%. Aun así, hay que dejar claro que las retribuciones fijadas legalmente son exactamente las mismas para cada uno de ambos sexos, según las categorías establecidas en las relaciones de puestos de trabajo.

Con el análisis de los datos, hemos podido obtener varias conclusiones que explican los motivos por los cuales existe la brecha salarial. Los datos y el análisis lo encontrarán en este enlace y les invitamos a leerlo, pero, a modo de resumen, podemos sintetizar lo siguiente:

  • La brecha es mayor entre el personal funcionario que entre el personal laboral.
  • La brecha es mucho más grande en los complementos que en el salario bruto.
  • En general, las brechas más grandes se dan entre aquel personal que cuenta con más antigüedad. Esto nos permite apuntar a dos conclusiones: la primera, que hay una mayor segregación vertical entre el personal más antiguo; la segunda, que con el personal de nuevo o reciente ingreso esta segregación vertical es menor.
  • La precariedad laboral afecta en mayor grado a las mujeres, puesto que los porcentajes de interinidad son mucho más elevados entre las mujeres que en los hombres. El personal interino no cuenta con las mismas opciones que el personal de carrera o fijo de ocupar puestos singularizados (negociados, secciones, servicios y departamentos).
  • Además de lo expuesto en las líneas anteriores, entre las causas de la brecha salarial también podemos encontrar la menor cantidad de tiempo dedicado al trabajo remunerado por parte de las mujeres, puesto que estas son las que asumen mayoritariamente las tareas de cuidado de personas dependientes; la infravaloración de las habilidades, cualidades y competencias consideradas tradicionalmente femeninas; las barreras de acceso a lugares de dirección; la incorporación más tardía de la mujer a la Administración, etc. En el extremo contrario, encontramos el hecho que son los hombres quienes de manera mayoritaria realizan horas extraordinarias. En concreto, las gratificaciones por servicios extraordinarios de los hombres (10,27 €/mensuales) son 9 veces superiores a las de las mujeres (1,12 €/mensuales).
  • En relación con el punto anterior, hay que destacar que quién disfruta de jornadas parciales y excedencias por cuidado de familiares son más las mujeres que los hombres.

Propuestas de actuación del análisis realizado: De cara al futuro III Plan de Igualdad entre mujeres y hombres de la Administración de la CAIB, actualmente en elaboración, sería conveniente incluir acciones destinadas a conseguir que las mujeres puedan promocionar y así optar en una mayor remuneración y también a reducir la tasa de interinidad para evitar que entren y salgan continuamente de la Administración y, además, para conseguir una estabilidad laboral asociada a una promoción laboral y, consecuentemente, a una mayor retribución.