Paso 7. Tramitación ambiental

1) Instalaciones que se tramitan por la vía de la declaración de interés general

En las instalaciones que se tramitan por la vía de la declaración de interés general la tramitación ambiental se realiza con este procedimiento por parte del consejo insular correspondiente.

2) Instalaciones que se tramitan por la vía de la utilidad pública

La Dirección General de Energía y Cambio Climático, en caso de que requiera evaluación ambiental, remitirá a la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears, para el análisis técnico del expediente y la tramitación de la evaluación de impacto ambiental, el proyecto, el estudio de impacto ambiental, las alegaciones presentadas en la fase de exposición pública, la respuesta del promotor a estas, los informes emitidos por las administraciones y organismos afectados, y el resto de documentación requerida por la normativa vigente. La Comisión de Medio Ambiente emitirá el acuerdo correspondiente y lo remitirá a la Dirección General de Energía y Cambio Climático.

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