Personal a disposición
El personal que no tenga atribuidas funciones en remoto y no resulte necesario para la realización de tareas presenciales en el lugar de trabajo, queda a disposición inicial de su conselleria para la encomienda de otras tareas o funciones que sean esenciales.
En última instancia, se pondrá a disposición de la Conselleria de Administraciones Públicas y Modernización para la eventual atribución de tareas de refuerzo de aquellos servicios que lo necesiten. Esto puede suponer el destino inmediato o en cualquier momento, mediante atribución temporal de funciones, a los departamentos o servicios de la Administración autonómica, o sus entes públicos instrumentales, que necesiten reforzar la plantilla. Servicios como por ejemplo emergencias, telefonía de atención al público del 061, del 112, de gestión de expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE), entre otros.