Nueva solicitud de arbitraje de consumo

 

 ACCESO AL PROCEDIMENTO "SOLICITUD DE ARBITRAJE DE CONSUMO"

 

 SOLICITUD DE ARBITRAJE DE CONSUMO

Las personas consumidoras y usuarias pueden solicitar el arbitraje de consumo cuando al comprar un bien o contratar un servicio a una empresa o profesional consideren que se han vulnerado sus derechos reconocidos legal o contractualmente.

Para más información sobre los requisitos para acceder al arbitraje de consumo o sobre las peculiaridades del procedimiento arbitral, consulte el apartado «Procedimiento arbitral». 

 

 RECLAMACIÓN PREVIA A LA EMPRESA ANTES DE PRESENTAR UNA SOLICITUD DE ARBITRAJE DE CONSUMO

Antes de presentar una solicitud de arbitraje es necesario que la persona consumidora o usuaria formule una reclamación previa a la empresa con la que tiene un conflicto para intentar llegar a una solución. Para ello, puede dirigirse a la empresa a través de los medios que ésta ponga al alcance de los consumidores: directamente en el establecimiento, por correo electrónico, por correo postal, etc. 

Si la persona consumidora o usuaria no está conforme con la solución propuesta por la empresa o no obtiene respuesta en el plazo de un mes desde la presentación de la reclamación, puede presentar la solicitud de arbitraje ante la Junta Arbitral de Consumo de las Illes Balears. 
 

 REQUISITOS DE LA SOLICITUD DE ARBITRAJE DE CONSUMO

La Junta Arbitral de Consumo facilita un model de solicitud de arbitraje para iniciar el procedimento.

En la solicitud de arbitraje deberán incluirse los siguientes datos:

  • Datos personales de la persona reclamante: Se deben indicar los datos identificativos y de contacto de la persona reclamante. También se hará constar la forma en la que desea que la Administración le remita las notificaciones, que podrá ser a través de correo postal o de manera telemática a través del sistema Cl@ve. En este caso, el reclamante recibirá un aviso en el correo electrónico facilitado para que acceda al contenido de la notificación.

    Para más información, se recomienda consultar el siguiente enlace:

    https://clave.gob.es/clave_Home/clave.html

    Se puede solicitar el alta en el sistema Cl@ve en las oficinas habilitadas para ello, mediante la selección del servicio «Gestión clave»:

    https://ac.fundaciobit.org/citaregistro/reservar-cita;lang=ct

    En caso de que la solicitud de arbitraje se formule mediante representante, deberá acreditarse la representación por cualquier medio habilitado al efecto. 
    En caso de solicitar un arbitraje en nombre de una comunidad de propietarios o de una asociación, es necesario aportar:

    -    La autorización de representación de la persona que firma la solicitud (acta de nombramiento, estatutos, escritura, etc.).

    -    La voluntad de someterse a arbitraje (por ejemplo, acuerdo en acta de la comunidad de propietarios). 
  • Datos del empresario reclamado: Es importante hacer constar todos los datos identificativos y de contacto de la empresa. En caso de que el consumidor no disponga de todos los datos, aportará cualquier información que pueda resultar de interés para la completa identificación y localización del empresario reclamado.
  • Descripción de los hechos que motivan la controversia: Exposición clara y concisa de las circunstancias que han dado lugar a la presentación de la solicitud de arbitraje.
  • Pretensiones y, en su caso, los fundamentos en los que se basa su petición: Exposición clara y concreta de la solución que se pretende obtener: la restitución, el cambio o la reparación del bien adquirido; el reintegro de las cuantías pagadas; la resolución o la rescisión del contrato; la anulación de una deuda; el cumplimiento de las condiciones pactadas en la contratación, la venta o la prestación del servicio; el cumplimiento de los derechos reconocidos a las personas consumidoras o usuarias, etc.

    Si la reclamación es económica, es preciso que se determine su cuantía.
  • Documentación y/o pruebas de los hechos que motivan la solicitud: Junto con la solicitud deben presentarse los documentos y pruebas que sean necesarios para el conocimiento y solución del litigio, tales como:
    • La respuesta del empresario a la reclamación interpuesta ante el mismo o, en caso de no haber sido atendida transcurrido un mes desde su presentación, se aportará acreditación de haber intentado la comunicación con aquel.
    • La documentación sobre la relación de consumo objeto de litigio, tales como contratos, facturas, presupuestos, recibos, comprobantes, publicidad, folletos, fotografías, informes periciales, etc.
    • En su caso, convenio arbitral.

 FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD DE ARBITRAJE DE CONSUMO

Para presentar una solicitud de arbitraje se debe tener en cuenta lo siguiente:

- Las personas físicas: pueden hacerlo a través del trámite telemático, registro presencial u oficina de Correos.

- Las personas jurídicas (o si se trata de alguno de los sujetos incluidos en el artículo 14 de la Ley 39/2015): es obligatoria la presentación telemática.

De acuerdo con estas consideraciones, la solicitud de arbitraje se podrá presentar a la Junta Arbitral de Consumo de las Illes Balears, según corresponda, por una de las siguientes vías:

a) de forma telemática

A través de del procedimiento «Solicitud de arbitraje de consumo» de la sede electrónica, seleccionando el trámite «Solicitud de arbitraje de consumo», que encontrará en el siguiente enlace: https://www.caib.es/seucaib/ca/tramites/tramite/620603/

b) Presencialmente

La solicitud de arbitraje se puede presentar en una oficina de registro. Algunas oficinas atienden con cita previa web. Se recomienda consultar el directorio actualizado en el siguiente enlace: https://www.caib.es/sites/atenciociutadania/ca/l/oficines/

Para reservar día y hora en las oficinas en las que se requiere cita previa para registrar documentos, se puede acceder al sistema a través del siguiente enlace: https://ac.fundaciobit.org/citaregistro/reservar-cita;lang=ct

Para más información sobre las oficinas de registro de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, se puede consultar el siguiente enlace: https://www.caib.es/sites/atenciociutadania/ca/pagina_dinici-21357/

Las oficinas de registro de la Dirección General de Prestaciones, Farmacia y Consumo atienden en horario de 9 a 14 h, y se ubican en:

Mallorca
Oficina de Consumo
C/ de Jesús, 38 A
07010 Palma
Telèfon: 971 17 79 79

Esta oficina atiende con cita previa web. Para reservar día y hora para registrar documentos, se puede acceder al sistema a través del siguiente enlace: https://ac.fundaciobit.org/citaregistro/reservar-cita;lang=ct

Menorca
Centro Insular de Menorca
Av. de Josep M. Quadrado, 17
07703 Maó
Telèfon: 971 17 73 33

Eivissa
Centro Insular de Eivissa y Formentera
Via Romana, 81
07800 Eivissa
Telèfon: 971 17 70 67