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Asistente de tramitación

Datos de la solicitud de reserva

SOLICITANTE

Nombre y apellidos Nacionalidad

DNI/Pasaporte

Titulación País

Domicilio Provincia Municipio Cp

Teléfono Móvil

E-mail Confirmar e-mail

SOLICITO

La autorización correspondiente para llevar a cabo en el Parque Nacional de Cabrera la actividad indicada.

1. Datos de la embarcación

Nombre embarcación* Núm. Lista** Matrícula***

Tipo Modelo Eslora

Puerto base Nacionalidad

Nº de personas Puerto de salida

*El nombre de la embarcación y la matrícula tienen que estar visibles cuando esté amarrado a las boyas de Cabrera.

**Si se trata de una embarcación extranjera, no es necesario indicar número de lista.

***Si se trata de una embarcación nacional, la matrícula debe ser de la forma AA-B-C-DD (ej: GI-1-1-99, PM-2-2-05). Las embarcaciones de lista 3ª o 7ª matriculadas a partir de dia 1 de Enero de 2011 pueden tener sólo un número (ej: 234).

2. Datos del propietario

Nombre y apellidos Nacionalidad

DNI/Pasaporte

Domicilio Provincia Municipio Cp

3. Condiciones

CONDICIONES DE USO

  • Los permisos de navegación tienen una vigencia anual.
  • No está permitido el fondeo en ninguna zona del Parque Nacional de Cabrera.
  • Las embarcaciones con autorización de navegación podrán amarrar en las boyas de fondeo diurno, entre una hora después del alba y una hora antes de la puesta de sol, localizadas en la zona de Es Burrí (30 amarres), sa Coveta Roja (8 amarres) y la zona del puerto (12 amarres situados cerca del muelle principal).
  • Sólo se podrán amarrar en las boyas diurnas embarcaciones de hasta 15 metros de eslora. Los daños que se puedan producir a los amarres por embarcaciones que no cumplan estos parámetros, podrán ser reclamados al patrón de la embarcación o a la empresa chárter correspondiente.
  • Todas aquellas embarcaciones no autorizadas a navegar mas allá de la distancia permitida por Capitanía Marítima (2 millas de la costa), como motos náuticas y otros artefactos, no podrán navegar en el interior de las aguas del Parque Nacional.
  • Está prohibido encender fuego en la isla o hacer barbacoas en cubierta.
  • El desembarco solo está permitido en los dos muelles del Parque Nacional, exclusivamente con embarcaciones auxiliares o "dinguis" y solo por el tiempo estrictamente necesario para la visita.IMPORTANTE: RECUERDE QUE LA ESLORA MÁXIMA PERMITIDA EN TODO EL PARQUE ES DE 35 METROS, PARA NAVEGACIÓN CON EMBARCACIONES DE ESLORAS SUPERIORES SE DEBERÁ SOLICITAR UNA AUTORIZACIÓN, mediante escrito a la dirección del Parque Nacional
  • El amarre al muelle está prohibido excepto en casos de fuerza mayor, emergencia o embarcaciones autorizadas.
  • El vuelo de drones está prohibido.
  • Confirme que conoce perfectamente la normativa de uso público antes de su visita, y en todo caso no dude en consultar al personal de atención al público, que le atenderá gustosamente en el teléfono de información 971 17 61 24..

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