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    <env:contingut rdf:parseType="Literal">![CDATA[&lt;p&gt;De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44, 46 i 52 del Reglamento de Organización Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales vigente, se publica el decreto de la Alcaldía sobre Delegación de competencias del alcalde a favor de los concejales, que a continuación se transcribe:&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;“Decreto de la Alcaldía&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;&lt;strong&gt;Delegación de competencias a favor de los concejales&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;Vistos los artículos 9 y 12 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del sector público así como el artículo 43 del Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;Esta Alcaldía tiene a bien emitir lo siguiente:&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;1. Delegar a favor de los Concejales que se mencionan y que formaran parte de la Junta de Gobierno, las competencias referidas a las áreas o servicios siguientes:&lt;/p&gt;

&lt;ul&gt;
	&lt;li&gt;Rosa Odette Torres Fernández, Concejala delegada de Promoción Económica, Comercio, Industria, Turismo, Recursos Humans e Interior.&lt;/li&gt;
	&lt;li&gt;Carmen Cañellas Martín, Concejala delegada de Cultura i Cerámica, Patrimonio Histórico y Patrimonio Municipal.&lt;/li&gt;
	&lt;li&gt;Juan Pizarro Sánchez, Concejal delegado de Movilidad, Transporte Público y Mantenimiento de Via Pública.&lt;/li&gt;
	&lt;li&gt;Juan Antonio Estarellas Mateu, Concejal delegado de Contratación, Limpieza Viaria, Parques y Jardines y Deportes.&lt;/li&gt;
	&lt;li&gt;Francisco José Ferrà Pizà, Concejal delegado de Economía y Educación.&lt;/li&gt;
	&lt;li&gt;Pedro Bestard Martínez, Concejal delegado de Servicios Funerarios y Seguridad Ciudadana..&lt;/li&gt;
	&lt;li&gt;Manuel Vicente Martínez González, Concejal delegado de Medi Ambiente y Agricultura.&lt;/li&gt;
&lt;/ul&gt;

&lt;p&gt;Por tanto, el Alcalde se reserva y no delega las áreas de Comunicación y Urbanismo.&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;Las facultades que se delegan son las siguientes:&lt;/p&gt;

&lt;ul&gt;
	&lt;li&gt;La facultad de dirigir los servicios correspondientes así como la facultad de gestionarlos en general, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros (decretos) así como, por tanto, escritos, dictámenes, traslados, publicaciones y anuncios, necesarios para la gestión de todos los asuntos relacionados con las materias delegadas. Se exceptúan de esta delegación la aprobación y firma de los convenios, que quedan reservados a la Alcaldía.&lt;/li&gt;
	&lt;li&gt;Efectuar propuestas a los diferentes órganos colegiados del Ayuntamiento, así como propuestas de gasto con las materias relacionadas en cada regidoría a excepción de aquellos en los que el Concejal Delegado sea el instructor del expediente, en este caso la firma queda reservada a la Alcaldía.&lt;/li&gt;
	&lt;li&gt;Tramitación y adjudicación de los contratos menores de todo tipo que afecten a las áreas de su competencia.&lt;/li&gt;
&lt;/ul&gt;

&lt;p&gt;La presente delegación no alterará la competencia del órgano delegante y podrá ser revocada discrecionalmente por este en cualquier momento; debiendo recoger en las resoluciones que se firmen por delegación esta concreta circunstancia.&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;2. Delegar a favor de los Concejales que se mencionan y de acuerdo con el articulo 54 del Reglamento Orgánico Municipal las competencias referidas a todos los asuntos o cometidos referides a las áreas o Servicios siguientes:&lt;/p&gt;

&lt;ul&gt;
	&lt;li&gt;Antonia Coll Bestard, Concejala delegada de Gente Mayor y Ferias y Fiestas.&lt;/li&gt;
	&lt;li&gt;Elvira García Cabrera, Concejala delegada de Servicios Sociales, Salud y Consumo.&lt;/li&gt;
	&lt;li&gt;Carlota Ariza Pérez, Concejala delegada de Formación, Trabajo y Juventud.&lt;/li&gt;
	&lt;li&gt;Nerea García Serrano, Concejala delegada de Participación Ciudadana, Defensora de la Ciudadanía y Transparencia.&lt;/li&gt;
&lt;/ul&gt;

&lt;p&gt;Las facultades que se delegan son las siguientes:&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;La dirección interna y la gestión de los servicios correspondientes, así como la firma de escritos, dictámenes, traslados, publicaciones y anuncios o documentos similares necesarios para la gestión de todos los asuntos relacionados con las materias delegadas.&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;3. Delegar a favor de los Concejales mencionados en el punto 2 de esta resolución la firma de las resoluciones o actos administratives correspondientes a las materias delegades, incluídas la adjudicación de los contratos menores referides a las materias comprendidas en los servicios delegados.&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;En relación a estas delegaciones, los asuntos que se hayan de someter a aprobación de Pleno o de la Junta de Gobierno habrán de ser propuestos por el Alcalde a petición o sol·licitud del concejal delegado.&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;4. Que se de cuenta de esta Resolución en la primera sesión del Ayuntamiento Pleno que se celebre, así como se comunique al resto de áreas municipales e interesados para que tomen conocimiento.&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;5. La presente resolución surgirá efectos en el mismo momento de su firma y deberá ser publicada en el BOIB y en la sede electrónica municipal.&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;Lo manda y firma el Alcalde del Ayuntamiento de Marratxí. Doy fe”&lt;/p&gt;

&lt;p&gt; &lt;/p&gt;

&lt;p style="text-align:center"&gt;Marratxí, 21 de junio de 2023&lt;/p&gt;

&lt;p style="text-align:center"&gt;&lt;strong&gt;El alcalde&lt;span style="display:block; line-height:1.6; margin-bottom:0px; margin-top:0px; width:100%"&gt; &lt;/span&gt;&lt;/strong&gt;Jaime Llompart Caldés&lt;/p&gt;
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    <dc:date>2023-06-29</dc:date>
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