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    <env:contingut rdf:parseType="Literal">![CDATA[&lt;p&gt;&lt;strong&gt;BDNS (Identif.: 684510)&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;De conformidad a lo que establecen los artículos 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el artículo 7 del Real decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regulan la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas, se publica el extracto de la convocatoria de ayudas económicas para el mantenimiento y la recuperación de los bienes muebles e inmuebles integrantes del patrimonio histórico en el ámbito territorial de la isla de Eivissa para los años 2023-2024.&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;&lt;strong&gt;1. Finalidad&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;El patrimonio histórico de la isla de Eivissa es el principal testimonio de la contribución histórica de los ibicencos al progreso y al desarrollo de la humanidad, y su conservación debe ser una de las principales preocupaciones de los agentes culturales y, entre ellos, de las administraciones para que pueda ser disfrutado por toda la ciudadanía y pueda transmitirse en las mejores condiciones a las futuras generaciones. El valor de este patrimonio nace de la identidad cultural que proporciona a la ciudadanía porque los bienes que lo integran se han convertido en patrimoniales, en primer lugar por la utilidad pública y social que cumplen y, en segundo lugar, por el valor añadido de qué les ha dotado la población.&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;En este sentido cualquier acción de fomento y protección del patrimonio histórico de la isla debe conducir a que cada vez un mayor número de ciudadanos y ciudadanas pueda acceder a las obras que son herencia y testimonio de la capacidad colectiva de los ibicencos y ibicencas, contemplarlas y disfrutarlas, y todos los bienes que lo integran deben estar adecuadamente al servicio de la ciudadanía para facilitar el acceso a la cultura, la cual es garantía del desarrollo de las sociedades democráticas.&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;&lt;strong&gt;2. Objeto&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;El objeto de estas ayudas es recuperar y conservar el patrimonio histórico de la isla de Eivissa, y más concretamente el objeto de esta convocatoria es colaborar económicamente en la realización de obras de conservación, recuperación y/o mantenimiento de bienes muebles e inmuebles integrantes del patrimonio histórico y cultural de la isla de Eivissa, antes mencionado, durante el plazo comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de octubre de 2024, ambos incluidos.&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;&lt;strong&gt;3. Modalidades y personas beneficiarias&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;Estas ayudas se dividen en las modalidades siguientes:&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;&lt;strong&gt;- Modalidad A: Ayudas para la restauración y conservación y/o mantenimiento de bienes inmuebles integrantes del patrimonio histórico y cultural de la isla de Eivissa:&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;Las personas físicas y jurídicas, públicas y privadas, sean o no propietarias de los inmuebles o construcciones históricas de la isla de Eivissa que necesiten realizar obras o intervenciones para su conservación, recuperación y/o mantenimiento.&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;&lt;strong&gt;- Modalidad B “Apadrina Patrimoni”:&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;Las asociaciones cívicas, entidades de carácter cultural, social, entidades dedicadas a la educación en la isla de Eivissa sin ánimo de lucro, clubs deportivos, sociales o de mayores, grupos de baile, asociaciones de padres y madres de alumnos, asociaciones de vecinos y otras entidades sin ánimo de lucro, como las cofradías, legalmente constituidas y que desarrollen su actividad en la isla de Eivissa.&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;&lt;strong&gt;- Modalidad C: Ayudas para las obras de adecuación del entorno inmediato y de creación de infraestructuras de protección del bien o para favorecer el acceso al público a bienes de interés cultural con la tipología de monumento, así como la museización de estos bienes:&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;Las personas físicas y jurídicas, públicas y privadas, sean o no propietarias de bienes de interés cultural con la tipología de monumentos de la isla de Eivissa.&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;&lt;strong&gt;- Modalidad D: Ayudas para la conservación, la protección y la recuperación de los elementos arquitectónicos originales de ses Feixes del prat de Vila y del prat de ses Monges situadas en los términos municipales de Eivissa y de Santa Eulària des Riu, de titularidad privada:&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;Las personas físicas y jurídicas privadas, sean o no propietarias de los inmuebles o las construcciones históricas originales situadas en ses Feixes del prat de Vila y del prat de ses Monges situadas en los términos municipales de Eivissa y de Santa Eulària des Riu, que necesiten realizar obras o intervenciones para su conservación, protección y/o recuperación.&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;&lt;strong&gt;- Modalidad E “Patrimonio marítimo”:&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;Las personas físicas y jurídicas públicas y privadas, propietarias y/o poseedoras de embarcaciones tradicionales de la isla de Eivissa que necesitan tareas de conservación, recuperación o de aparejo, velamen y arboladura y reparaciones periódicas y eléctricas y/o mecánicas.&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;&lt;strong&gt;4. Créditos presupuestarios y cuantías de las subvenciones&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;Se destina con cargo a los presupuestos de los ejercicios 2023 y 2024 un importe total de 550.000 euros.&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;La cantidad señalada se distribuye de la siguiente forma:&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;&lt;strong&gt;- Modalidad A: Para la restauración y conservación y/o mantenimiento de bienes inmuebles integrantes del patrimonio histórico y cultural de la isla de Eivissa&lt;/strong&gt;, un importe máximo de 200.000 €, distribuidos de la siguiente forma:&lt;/p&gt;

&lt;p style="margin-bottom:0px; margin-left:40px; margin-right:0px; margin-top:0px"&gt;- Para el año 2023, el 30 %, es decir 60.000 €.&lt;/p&gt;

&lt;p style="margin-bottom:0px; margin-left:40px; margin-right:0px; margin-top:0px"&gt;- Para el año 2024, el 70 %, es decir 140.000 €.&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;El importe máximo de las ayudas individuales concedidas será de 40.000 € y, en cualquier caso, no podrá ser superior al 90 % del presupuesto total solicitado y previsto para ejecutar las obras de mantenimiento o de recuperación del bien.&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;&lt;strong&gt;- Modalidad B “Apadrina patrimonio”&lt;/strong&gt;: Para realizar obras o intervenciones menores, un importe máximo de 60.000 €, distribuidos de la siguiente forma:&lt;/p&gt;

&lt;p style="margin-bottom:0px; margin-left:40px; margin-right:0px; margin-top:0px"&gt;- Para el año 2023, el 30 %, es decir 18.000 €.&lt;/p&gt;

&lt;p style="margin-bottom:0px; margin-left:40px; margin-right:0px; margin-top:0px"&gt;- Para el año 2024, el 70 %, es decir 42.000 €.&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;El importe máximo de las ayudas concedidas a cada asociación o entidad será de 7.500 € y en ningún caso podrá superar el 100% del presupuesto total solicitado y previsto para ejecutar la intervención solicitada.&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;&lt;strong&gt;- Modalidad C: Para las obras de adecuación del entorno inmediato y de creación de infraestructuras de protección del bien o para favorecer el acceso al público a bienes de interés cultural con la tipología de monumento, así como la museización de estos biene&lt;/strong&gt;s, un importe máximo de 40.000 €, distribuidos de la siguiente forma:&lt;/p&gt;

&lt;p style="margin-bottom:0px; margin-left:40px; margin-right:0px; margin-top:0px"&gt;- Para el año 2023, el 30 %, es decir 12.000 €.&lt;/p&gt;

&lt;p style="margin-bottom:0px; margin-left:40px; margin-right:0px; margin-top:0px"&gt;- Para el año 2024, el 70 %, es decir 28.000 €.&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;El importe máximo de las ayudas individuales concedidas será de 40.000 € y, en cualquier caso, no podrá ser superior al 90 % del presupuesto total solicitado y previsto para ejecutar las obras objeto de subvención.&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;&lt;strong&gt;- Modalidad D: Ayudas para la conservación, la protección y la recuperación de los elementos arquitectónicos originales de ses Feixes del prat de Vila y del prat de ses Monges situadas en los términos municipales de Eivissa y de Santa Eulària des Riu, de titularidad privada&lt;/strong&gt;, un importe máximo de 150.000 €, distribuidos de la siguiente forma:&lt;/p&gt;

&lt;p style="margin-bottom:0px; margin-left:40px; margin-right:0px; margin-top:0px"&gt;- Para el año 2023, el 30 %, es decir 45.000 €.&lt;/p&gt;

&lt;p style="margin-bottom:0px; margin-left:40px; margin-right:0px; margin-top:0px"&gt;- Para el año 2024, el 70 %, es decir 105.000 €.&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;El importe máximo de las ayudas individuales concedidas será de 40.000 € y, en cualquier caso, no podrá ser superior al 90 % del presupuesto total solicitado y previsto para ejecutar las obras de mantenimiento o de recuperación del bien.&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;&lt;strong&gt;- Modalidad E “Patrimonio marítimo”&lt;/strong&gt;: Para la restauración y conservación y/o mantenimiento del patrimonio histórico marítimo de la isla de Eivissa, un importe máximo de 100.000 €, distribuidos de la siguiente manera:&lt;/p&gt;

&lt;p style="margin-bottom:0px; margin-left:40px; margin-right:0px; margin-top:0px"&gt;- Para el año 2023, el 30 %, es decir 30.000 €.&lt;/p&gt;

&lt;p style="margin-bottom:0px; margin-left:40px; margin-right:0px; margin-top:0px"&gt;- Para el año 2024, el 70 %, es decir 70.000 €.&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;El importe máximo de las ayudas individuales concedidas será de 6.000€ para pequeñas intervenciones de mantenimiento y de 75.000€ para proyectos de restauración y, en todo caso, no podrá ser superior al 90% del presupuesto total solicitado y previsto por ejecutar las obras de mantenimiento o recuperación del bien.&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;&lt;strong&gt;5. Forma de presentación de las solicitudes&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;Las personas o entidades solicitantes formalizarán la solicitud de la subvención mediante instancia, según el modelo que figura en las bases reguladoras y con la documentación que se establece.&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;&lt;strong&gt;6. Plazo de presentación de las solicitudes&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;Se establece un plazo de presentación de veinte días hábiles que se inicia al día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el &lt;em&gt;Butlletí Oficial de les Illes Balears&lt;/em&gt; (BOIB).&lt;/p&gt;

&lt;p&gt; &lt;/p&gt;

&lt;p style="text-align:center"&gt;Eivissa, 30 de marzo de 2023&lt;/p&gt;

&lt;p style="text-align:center"&gt;&lt;strong&gt;El jefe de Sección del Departament d'Educació, Cultura i Patrimoni&lt;span style="display:block; line-height:1.6; margin-bottom:0px; margin-top:0px; width:100%"&gt; &lt;/span&gt;&lt;/strong&gt;José V. Garibo Redolat&lt;/p&gt;
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    <dc:date>2023-04-01</dc:date>
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