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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MODELO ECONÓMICO, TURISMO Y TRABAJO

Núm. 310722
Resolución del secretario general de la Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la cual se somete a información pública el Proyecto de decreto por el cual se aprueba el Plan de estadística de las Illes Balears 2022-2025

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Texto

Hechos

1. El 18 de noviembre de 2021, el consejero de Modelo Económico, Turismo i Trabajo ordena que se substancie consulta pública previa, a través del Portal de participación ciudadana, sobre la propuesta de elaboración del Proyecto por el cual se aprueba el Plan de estadística de las Illes Balears 2022-2025.

2. Esta consulta se substanció desde el día 22 de noviembre de 2021 hasta el día 22 de diciembre de 2021, a través del Portal de Participación ciudadana.

3. En fecha 18 de mayo de 2022 el consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo ordenó el inicio del procedimiento para la tramitación del Proyecto de decreto de referencia, y designó al Secretario General de la Consejería de Model Económico, Turismo y Trabajo como órgano responsable de tramitar este procedimiento.

4. El 26 de mayo de 2022, el secretario general emitió la memoria de análisis de impacto normativo sobre el Proyecto de decreto mencionado en el primer apartado.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Illes Balears, en el artículo 58 establece que los proyectos de reglamento deben someterse, entre otros, al trámite de información pública, cuando resulte preceptiva o sea conveniente a criterio del órgano responsable de la tramitación. A este efecto, se ha de publicar un anuncio en el Butlletí Oficial de les Illes Balears, que indique el plazo para hacer las sugerencias i el sitio web en el que se puede acceder al proyecto normativo.

También establece que el trámite de audiencia y información pública, que se pueden impulsar de forma simultánea, ha de ser adecuado a la naturaleza de la disposición y, en todo caso, no inferior a diez días.

2. Así mismo, el artículo 51 de la misma ley prevé que las iniciativas normativas se deben publicar en la web de la administración autonómica para garantizar el acceso de la ciudadanía a la información y para facilitar la participación y la presentación de sugerencias por medios telemáticos.

Por eso, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Someter el Proyecto de decreto por el cual se aprueba el Plan de estadística de las Islas Baleares 2022-2025 al trámite de información pública mediante un anuncio que se ha de publicar en el Butlletí Oficial de les Illes Balears y mediante la publicación del texto del Proyecto en la página web http://participaciociutadana.caib.es.

2. Fijar el plazo de información pública en 15 días hábiles desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Butlletí Oficial de les Illes Balears. Las sugerencias deben presentarse en cualquiera de los lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, dirigidos a la secretaría general de Modelo Económico, Turismo y Trabajo del C/Montenegro, 5 de Palma (DIR 3 A04003745).

3. Habilitar la posibilidad de presentar a alegaciones por medios telemáticos mediante el apartado «Participación en la elaboración de normativa» de la página web de Participación Ciudadana del Gobierno de las Islas Baleares (https://participaciociutadana.caib.es), en el plazo que establece el apartado anterior.

Siempre que las a alegaciones presentadas mediante la web incluyan la identificación de la persona o la entidad que las hace, se incluirán en el expediente de elaboración normativa, a pesar de que no consten en el registro de entrada electrónico de la Administración de la Comunidad Autónoma. A tal efecto, el funcionario o funcionaria del órgano competente de la tramitación del procedimiento normativo que las reciba electrónicamente tiene que emitir una diligencia de las a alegaciones presentadas.

4. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (30 de mayo de 2022)

El secretario general Jaume Colom Adrover