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    <env:contingut rdf:parseType="Literal">![CDATA[&lt;p&gt;
	El Pleno del Ayuntamiento de Porreres aprobó en sesión ordinaria de 23/10/2017 la modificación del Ordenanza fiscal núm. 11 reguladora de la tasa para la utilización privativa y aprovechamiento especial del dominio público local. Dado que se publicó el edicto de información pública en el BOIB núm. 131 de 26/10/2017, tablón de anuncios y sede electrónica del Ayuntamiento, por el plazo de treinta días sin que se hayan presentado reclamaciones o sugerencias, según el artículo 17.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se considera aprobada definitivamente y se transcribe.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	«Realizada la tramitación establecida en cumplimiento del que se dispone en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y al estudio técnico-económico del coste de los servicios, en cuanto a las tasas por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local. Esta Comisión considera que se cumplen los requisitos necesarios contenidos en las Normas legales citadas anteriormente y que las tarifas y cuotas fijadas en la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa se ajustan a los costes previsibles derivados de la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local, y el Pleno de la Corporación adopta el siguiente ACUERDO&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	PRIMERO. Aprobar la modificación del Ordenanza fiscal núm. 11 reguladora de la tasa para la utilización privativa y aprovechamiento especial del dominio público local con la redacción que a continuación se recoge:&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	«Modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la utilización privativa y aprovechamiento especial del dominio público local&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Vista la propuesta de Mallorca Film Comission y, vista el Ordenanza de productos audiovisuales al municipio de Porreres se modifica la ordenanza fiscal reguladora de la utilización privativa y aprovechamiento especial del dominio público local:&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Filmaciones de películas cinematográficas, reportajes, documentales, imágenes de videoclips musicales o similar, efectuadas con finalidad lucrativa que requieran la ocupación de la vía pública sin limitación, con aparatos o vehículos (grúas, focos estáticos, grupos electrógenos, estructuras, escenarios, decorados, camiones, etc.), que produzcan problemas para el tránsito rodado o de peatones, sin limitaciones de medios ni del personal que interviene, siempre que se acredite que el producto resultante contribuye a la promoción de la ciudad y se haga constar expresamente la colaboración del municipio de Porreres y se entregue una copia para el archivo: 0 €.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Filmaciones de concursos de televisión y spots publicitarios o similar, efectuadas con finalidad lucrativa que requieran la ocupación de la vía pública sin limitación, con aparatos o vehículos (grúas, focos estáticos, grupos electrógenos, estructuras, escenarios, decorados, camiones, etc.), que produzcan problemas para el tránsito rodado o de peatones, sin limitaciones de medios ni del personal que interviene: 250 €/día. En circunstancias especiales, en el caso de los concursos de televisión, se podrá eximir el pago de la tasa en el supuesto de que se acredite que el producto resultante contribuye a la promoción de la ciudad y se haga constar expresamente la colaboración del municipio de Porreres y se entregue una copia para el archivo.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Fotografías comerciales (catálogos, anuncios...) sin asentamiento fijo (no fotografía ambulante): 50 €/día.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Fotografías comerciales (catálogos, anuncios...) sin asentamiento fijo (no fotografía ambulante), con licencias de validez de 3 a 12 meses hasta el 31 de diciembre del año en curso: 200 €.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	La presente ordenanza entrará en vigor el día siguiente de su publicación definitiva en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.»&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
&lt;/p&gt;
&lt;p style="text-align: center;"&gt;
	Porreres, 20/12/2017&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px; text-align: center;"&gt;
	&lt;strong&gt;La alcaldesa, &lt;/strong&gt;&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px; text-align: center;"&gt;
	Francisca Mora Veny&lt;/p&gt;
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    <env:sumariEnviament rdf:parseType="Literal">![CDATA[Publicación definitiva de la modificación del Ordenanza fiscal número 11 reguladora de la tasa para la utilización privativa y aprovechamiento especial del dominio público local 
]]</env:sumariEnviament>
    <dc:date>2017-12-23</dc:date>
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