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    <dc:date>2017-05-25</dc:date>
    <env:dataPublicacio>2017-05-25</env:dataPublicacio>
    <env:contingut rdf:parseType="Literal">![CDATA[&lt;p&gt;
	BDNS (Identif.): 347181&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	&lt;span style="color: black;"&gt;De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 &lt;em&gt;b&lt;/em&gt; y 20.8 &lt;em&gt;a&lt;/em&gt; de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la base de datos nacional de subvenciones (&lt;/span&gt;&lt;span style="color: black;"&gt;http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index&lt;/span&gt;&lt;span style="color: black;"&gt;):&lt;/span&gt;&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	&lt;strong&gt;1. Beneficiarios&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	a) Las empresas siguientes: personas físicas, personas jurídicas de derecho privado y comunidades de bienes, que lleven a cabo en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, y en los edificios relacionados con su actividad empresarial, las instalaciones o las actuaciones establecidas en el apartado 4 de esta Resolución. Por lo tanto, no se incluirán como beneficiarias las empresas del sector público.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	b) Las asociaciones empresariales que lleven a cabo las instalaciones establecidas en el apartado 4 de esta Resolución en los edificios destinados a su actividad social, y que tengan el domicilio y desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de las Islas Baleares.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	c) Las personas físicas, comunidades de propietarios y entidades sin ánimo de lucro que lleven a cabo las instalaciones establecidas en el apartado 4 de esta Resolución en las viviendas que se ubiquen en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de las Islas Baleares.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	&lt;strong&gt;2. Objeto&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	El objeto de esta Resolución es aprobar y regular la convocatoria pública de ayudas para el fomento de las instalaciones de energía solar fotovoltaica, de hasta 3 kWp de potencia de pico, promovidas por personas físicas, comunidades de propietarios y entidades sin ánimo de lucro y hasta 30 kWp de potencia de pico, promovida por empresas y asociaciones empresariales.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	En el caso de viviendas conectadas a la red de distribución eléctrica, las instalaciones se ejecutarán en aquellas cuyos solicitantes sean los titulares del correspondiente contrato de suministro eléctrico; y, en el caso de viviendas aisladas, estas deberán contar con la cédula de habitabilidad correspondiente en vigor como vivienda.&amp;nbsp;&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	En el caso de empresas, las instalaciones se ejecutarán en edificios relacionados con su actividad empresarial, de cuyo correspondiente contrato de suministro eléctrico sean titulares los solicitantes.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Estas ayudas están cofinanciadas en un 50&amp;nbsp;% con cargo del Programa Operativo FEDER 2014-2020 de las Islas Baleares.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	&lt;strong&gt;3. Bases reguladoras&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	La Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía en las Islas Baleares.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	En todo lo que no prevén esta Resolución ni la Orden mencionada se aplicará el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	&lt;strong&gt;4. Cuantía&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	El importe económico de esta convocatoria es de 400.048 €. Las subvenciones se concederán con cargo al presupuesto de la Comunidad Autónoma para el ejercicio de 2017 y, en función de la naturaleza de los beneficiarios, por las partidas e importes siguientes:&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin-left: 40px;"&gt;
	— 25601 731A01 77000.00 FF31110.......................&amp;nbsp;&amp;nbsp;&amp;nbsp;&amp;nbsp;&amp;nbsp;&amp;nbsp;&amp;nbsp; 200.048,00 €&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin-left: 40px;"&gt;
	— 25601 731A01 78000.00 FF31110.......................&amp;nbsp;&amp;nbsp;&amp;nbsp;&amp;nbsp;&amp;nbsp;&amp;nbsp;&amp;nbsp; 200.000,00 €&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	La asignación será vinculante por el importe total y no por cada partida.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Siempre que las disponibilidades presupuestarias lo permitan, se podrán incrementar los importes de esta convocatoria.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	&lt;strong&gt;5. Plazo de presentación de solicitudes&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	El plazo para presentar las solicitudes será de tres meses a partir del quinto día de la publicación de esta Resolución en el &lt;em&gt;Boletín Oficial de las Islas Baleares&lt;/em&gt;, o hasta que se agote la cuantía económica asignada a esta convocatoria.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
&lt;/p&gt;
&lt;p style="text-align: center;"&gt;
	Palma, 19 de mayo de 2017&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px; text-align: center;"&gt;
	&lt;strong&gt;El consejero de Territorio, Energía y Movilidad&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px; text-align: center;"&gt;
	Marc Pons i Pons&lt;/p&gt;
]]</env:contingut>
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    <env:sumariEnviament rdf:parseType="Literal">![CDATA[Extracto de la Resolución del consejero de Territorio, Energía y Movilidad de 19 de mayo de 2017 por la que se aprueba la convocatoria pública para presentar solicitudes de subvención para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica dirigida a particulares, entidades sin ánimo de lucro, empresas y asociaciones empresariales]]</env:sumariEnviament>
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